Viernes Santo: Dirección del Trabajo apunta a “descanso absoluto” de los trabajadores

La Dirección del Trabajo (DT) emitió una declaración a propósito de la controversia por declarar como feriado irrenunciable el Viernes Santo del 18 de abril.
La situación surgió luego de que un grupo de parlamentarios presentara un proyecto de ley para declarar dicho día como irrenunciable. Sin embargo, gremios del comercio criticaron la acción aludiendo a que habría pérdidas millonarias.
Entre medio, además, tres grandes tiendas del retail -Ripley, Paris y Falabella- anunciaron a sus trabajadores que el Viernes Santo sí deben concurrir a sus labores, situación que en años anteriores no ocurría. Cabe recalcar que si bien esa jornada no es irrenunciable, sí es feriado, por lo que abrir los comercios quedaba a juicio del empleador.
Bajo ese contexto, el organismo del trabajo se pronunció este miércoles respecto a la determinación de algunas empresas del comercio de abrir sus puertas al público el próximo viernes 18 de abril, “rompiendo con ello la costumbre invariable de años anteriores en los que tales tiendas permanecieron cerradas”.
No abrir durante años anteriores durante la festividad del Viernes Santo, “indefectiblemente conlleva a razonar que, durante esa fecha, el empleador ha convenido tácitamente con tales trabajadores que el feriado se exprese como uno de descanso de forma absoluta, ya sea para fines de reflexión religiosa, espiritual u otra, sin que por ello se afecten sus remuneraciones, acuerdo que, por las razones contenidas en el presente informe, forma parte del contrato vigente con aquellos trabajadores y, en consecuencia, obliga a las partes a su íntegro cumplimiento”, indicó la DT en una resolución.
En ese sentido, se debe tener en cuenta que las “cláusulas tácitas son una proyección del principio de la primacía de la realidad y, por tanto, su naturaleza es eminentemente protectora y garantista, debiendo cautelarse que los trabajadores no se vean perjudicados o forzados a modificar aquella, producto de su posición jurídica inferior frente al poder de mando y de disciplina del empleador”.
Si bien no se trata de un feriado de carácter irrenunciable, esto “no faculta ni autoriza al empleador a desconocer la vigencia de las cláusulas tácitamente convenidas con sus trabajadores y trabajadoras”, acotó la Dirección del Trabajo.
“Para determinar si el tratamiento diferenciado en una misma empresa, respecto al goce del derecho al descanso de forma absoluta durante la festividad religiosa del Viernes Santo, constituye indicios de una conducta discriminatoria a la libertad de conciencia, la manifestación de creencias y la libertad de culto, deberá analizarse caso a caso conforme a la doctrina de este Servicio”, dice el documento.
De ese modo, la DT tendrá la labor de fiscalizar y verificar el cumplimiento de la normativa laboral vigente, además de cursar multas e infracciones a quienes sean descubiertos incumpliendo la ley.