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El 15 de marzo de este año se cumplió el plazo de 10 meses que la Superintendencia de Medio Ambiente (SMA) dio a la empresa Agrícola y Frutícola Veneto Ltda., propietaria del plantel de cerdos Santa Josefina de Coihueco, para concretar la sanción de clausura por funcionar sin Resolución de Calificación Ambiental (RCA) desde 2012. Luego de múltiples recursos judiciales con los que la firma se negó a cumplir la sanción, cambió su postura y entregó la semana pasada un programa de cierre.
Ayer, mediante la resolución 1261, la SMA aceptó el cronograma de despoblamiento progresivo de Agrícola Veneto, según el cual el 31 de marzo del próximo año no debería permanecer ningún animal en el plantel. La clausura definitiva debería efectuarse dos semanas más tarde cuando se desocupen las lagunas de acumulación de residuos. Desde noviembre el plantel debe contar con cero nacimientos, por lo que durante ese mes se congelará la existencia de los animales.
Cristian Lineros, jefe de la oficina regional de la SMA en Ñuble, explicó los detalles del cronograma y las exigencias que tendrá que cumplir la firma. “Desde que abrimos la oficina en mayo implementamos medidas asociadas a la detención de la inseminación, restricción en el movimiento de animales, específicamente de ingresos y egresos, y también algunas restricciones con el Servicio de Impuestos Internos (SII), más una batería de fiscalizaciones que concluyeron con sumarios sanitarios y también la fiscalización de los sellos reproductores”, explicó Lineros.
“El SII generó una condición de restricción, no una prohibición, sino una restricción de timbrar. Esto significa que frente a cualquier actividad económica que ellos desarrollasen como una venta de animales quedaba resguardada por el SAG en cuanto a movimiento animal, como también por el SII desde el punto de vista que la factura no era emitida de forma automática”, precisó. Además del SII y el SAG, la Seremi de Salud, la Inspección del Trabajo, Carabineros y la Municipalidad de Coihueco colaboraron en las acciones que se iniciaron en julio. Desde entonces se ha reducido en un 50% la cantidad de hembras preñadas.
“Después de todas estas medidas de gestión, la empresa inicia un protocolo de conversación con nosotros, apelando a la función que tenemos de cumplimiento de la normativa como de ayudar al cumplimiento por parte de esta empresa. Empezamos a generar algunos borradores a partir de la ley del Lobby con escenarios bajo los cuales la Superintendencia entendía que se podía ejecutar un plan. Fueron cuatro reuniones y el documento final lo presentaron la semana pasada, el cual fue sujeto de una revisión y materializado con la resolución”.
Lineros destacó que “los hitos los estableció la SMA. Las condiciones de restricción desde el punto de vista del movimiento de las hembras preñadas, tenía que estar asociado a esa condición específica de cumplimiento; lo segundo es resguardar que todos los animales recién nacidos tengan un periodo de al menos tres semanas en que no puedan ser destetados de sus madres; tercero, que la inseminación bajo ninguna circunstancia se autoriza”.
Clausura definitiva
Se determininó la opción del despoblamiento progresivo con el fin de concretar la clausura para cumplir con la normativa de “Bienestar Animal” del SAG, que prohíbe el traslado de especies de menor tamaño y genera restricciones al movimiento de hembras preñadas. El plazo de traslado -solo egresos- y comercialización de todos los cerdos es de seis meses.
Sobre el modo en que la empresa deberá reducir la masa porcina, Lineros puntualiza que “no entramos a la medida específica, si rematan o venden es su decisión, fundamentalmente lo que nosotros ordenamos fue que la reducción tenía que realizarse con ceros absolutos, y que el 31 de marzo no debe existir ningún animal”.
El 30 de noviembre se debe concretar el despoblamiento de la unidad de maternidad y 31 de diciembre el plantel no debe registrar ninguna hembra o macho asociado a la reproducción. En tanto, al 31 de enero tienen que terminar con las unidades de recría hasta avanzar con el despoblamiento definitivo a fines de marzo.
La sanción de clausura solo se habrá cumplido dos semanas más tarde, cuando finaliza el plazo para deshabilitar las lagunas de acumulación. Además, la resolución establece que “para que no se generen olores molestos y vectores, el titular deberá mantener las lagunas de acumulación y anaeróbicas siempre bajo el 50% de sus capacidad máxima”.
Lineros detalla que “la empresa tiene que entregar un reporte semanal donde se detalle la existencia, el porcentaje de ocupación por unidad de engorda y cría, el número de hembras, porcentaje de uso y ocupación, mortandad semanal, y si es que existió aplicación o control de vectores (moscas)”.
En caso de incumplimiento del programa, “se procederá a realizar el cierre con el auxilio de la fuerza pública, y también se puede instruir un nuevo procedimiento sancionatorio”, sostuvo.
Sobre la preocupación de los vecinos del sector de Bustamante por posible contaminación de aguas, enfatizó que “la resolución considera cierre, distanciamiento a cursos de agua tanto naturales como artificiales, y metodologías de aplicación a fin de garantizar parámetros técnicos de suelo, para que lo que quede se pueda absorber y no esté expuesto. Además las piscinas van a quedar sin residuos líquidos. En la medida de que la masa animal disminuya, también lo hará la antidad de residuos”.
Hoy se reunirá con la junta de vecinos para explicarles los alcances técnicos de la resolución.
Futuro del plantel
Lineros explicó que para que el plantel funcione nuevamente debe cumplir condiciones luego de que se haya concretado la clausura. “Este proyecto una de las agravantes y faltas que tenía era que no había acogido la medida de cierre, y lo segundo es que no tenía una RCA. Con la materialización de la cero existencia y el cumplimiento de la correcta gestión de los residuos líquidos y sólidos, el proyecto da por cumplido su multa que era la clausura. Que esté clausurado significa que no puede operar hasta que no tenga una autorización ambiental, esto se podría resolver a través de una Declaración de Impacto Ambiental, un recurso de reposición, o bien un nuevo ingreso a evaluación ambiental para tratar de obtener la aprobación”.
Y agregó: “administrativamente si ellos tienen una aprobación ambiental ellos pudiesen abrir bajo las condiciones que establezca la nueva RCA y cumpliendo la normativa”.