Close

Seremi de Economía: “una catástrofe nunca puede ser vista como una oportunidad de lucro injustificado”

Carabineros

En el marco de las emergencias provocadas por los incendios y tras el decreto de Estado de Excepción de Catástrofe para las regiones de Ñuble y Biobío, el Servicio Nacional del Consumidor (Sernac) recuerda las obligaciones que tienen las empresas ante este tipo de situaciones.

La Ley del Consumidor regula la venta de productos o servicios, impidiendo, por ejemplo, que se desarrolle en condiciones abusivas, o que se induzca a error o engaño respecto de su precio, características u otros aspectos relevantes.

En caso de incumplimiento de estas obligaciones, desde el año 2023, la alteración fraudulenta de los precios está tipificada como un delito en el Código Penal.

El Estado de Excepción de Catástrofe permite que se persigan y sancionen este tipo de delitos, con penas de presidio menor en su grado mínimo a medio (61 días a 3 años) a las personas que incurran en: Acaparamiento de bienes de primera necesidad. Manipulación de precios. Venta de alimentos riesgosos

Además, las modificaciones permiten incrementar la pena aplicable cuando el fraude recaiga sobre el precio de bienes o servicios de primera necesidad o de consumo masivo.

El seremi de Economía, Fomento y Turismo de Ñuble, Juan Pablo Arévalo Yáñez, mencionó: “somos enfáticos: una catástrofe nunca puede ser vista como una oportunidad de lucro injustificado. Nuestra prioridad es resguardar la ética del mercado y asegurar que la cadena de suministro funcione con total transparencia para no añadir una carga económica extra a las familias que han sido y están siendo afectadas por las emergencias. Hacemos un llamado a la corresponsabilidad del sector privado; Ñuble necesita un comercio que actúe como aliado en la emergencia”.

Agregar un comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos requeridos están marcados *

Leave a comment
scroll to top