Nueva Ley de Tránsito: Conoce nuevas obligaciones y sanciones
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La nueva Ley de Tránsito (Ley 21.601) tiene como principal objetivo prevenir el robo y venta de vehículos sustraídos, además de reforzar la seguridad vial, y elevar las penas a quienes cometan este tipo de ilícitos.
Se aumenta a falta gravísima la conducción con la placa patente oculta, además de ordenar diversas obligaciones para fabricantes y automotoras en la comercialización de vehículos.
En ese sentido, se modificó el Código Penal, para incluir como agravante en los delitos de hurto y robo, el ejecutarlos en un vehículo sin placa patente (delantera, trasera o ambas) o si estas están ocultas. También serán agravantes el usar vidrios oscuros o polarizados, o utilizar cualquier técnica o intervención que favorezca la impunidad.
Además, la nueva Ley de Tránsito detalló que “La venta de vehículos robados será sancionada con presidio menor en su grado medio a máximo, además de la suspensión de la licencia de conducir o inhabilidad para obtenerla por 5 años. En caso de ser sorprendido conduciendo un vehículo con placas patente falsas, adulteradas o que correspondan a otro vehículo, serán sancionados con una multa que va desde las 50 hasta las 100 UTM (hasta 6.3 millones de pesos)”.
Otras sanciones, prohibiciones y multas
Asimismo, desde el pasado 11 de septiembre la Ley de Tránsito además consignó las siguientes obligaciones, sanciones, prohibiciones y multas:
– Prohibición de usar, adosar y/o conducir con luces o focos distintos o adicionales a los permitidos por Ley. Las que se proyectan hacia adelante deben ser blancas, rojas las que se proyectan hacia atrás y las de retroceso blancas. Las de viraje trasero podrán ser rojas o amarillas.
– Prohibición de venta y carga de combustible a vehículos motorizados que no cuenten con placa patente delantera o trasera. Se castigará con una multa de 10 a 100 UTM (hasta 6.3 millones de pesos).
– Se sancionarán a las personas que no cumplan con el uso obligatorio de casco protector y otros elementos de seguridad al conducir bicicletas, motocicletas o vehículos similares. Si el casco no cumple con la normativa, también constituirá infracción.
Además se consideró el retiro de vehículos en los siguientes circunstancias:
No tengan revisión técnica al día o no cuenten con el certificado de homologación individual.
– No cuenten con el certificado vigente del seguro obligatorio de accidentes personales.
– No cuenten con el permiso de circulación vigente.
– Circulen con placa patente oculta o en mal estado.
– Tengan el VIN o número de chasis adulterado o borrado.
En cualquiera de esos casos, el Juzgado de Policía Local correspondiente determina la forma de recuperación del vehículo.