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Un escenario complejo ha vivido esta semana el alcalde reelecto por Chillán Viejo, Jorge del Pozo, quien, a pocas horas de celebrar su triunfo en su comuna de cara a sus vecinos, fue detenido y formalizado por lesiones menos graves en contexto de violencia intrafamiliar (VIF) en el Juzgado de Garantía de Chillán, quedando en libertad y con medida cautelar de alejamiento de la víctima.
Sin embargo, también está siendo investigado por dos querellas de presunto abuso sexual a partir de marzo de este año. Además, según el Servicio Nacional de la Mujer (Sernameg), se presentaron tres denuncias por supuesto acoso laboral y sexual. Sin embargo, estás no han ingresado a Fiscalía.
En el presente, el alcalde solo se encuentra formalizado la denuncia por VIF y el tribunal fijó 30 días de investigación. Es decir, durante ese periodo la Fiscalía tendrá que llevar adelante las diligencias que estime necesarias para determinar la veracidad de los hechos que son denunciados y la eventual la intervención que en estos tuvo el imputado.
¿Cuál es el escenario legal que enfrenta Del Pozo, en su rol como alcalde? Expertos en derecho explicaron los procedimientos que se realizan en esta etapa y los eventuales desenlaces que se configurarían tras las acciones presentadas en contra de la autoridad, amparada durante el proceso en el principio de presunción de inocencia.
La académica del departamento de Derecho Penal de la Facultad de Ciencias Jurídicas y Sociales de la Universidad de Concepción, Teresa Sanhueza, detalló las acciones que se despliegan en el periodo de la investigación en curso.
“En este caso por el tipo de delito (VIF) que se trata, lo normal será que se tome declaración a la víctima, a terceros que hayan podido presenciar el hecho, o que tengan conocimiento del mismo, pericias psicológicas tanto al agresor como la víctima, además de pericia de daño, y en el caso de abuso, la de credibilidad del relato la que podría ser realizada por la unidad de la PDI Cavas o por el Servicio Médico Legal, ello sin perjuicio de todo lo que pueden aportar las mismas partes en un proceso. Así en general, el fiscal deberá hacer cualquier diligencia que permita esclarecer el delito y la participación de quien resulte responsable”, aclaró.
Por su parte, el académico Andrés Cruz Carrasco, del Departamento de Derecho Procesal de la UdeC, explicó que bajo la cautelar de prohibición de acercarse a la víctima, por el delito imputado de lesiones menos graves, la autoridad puede desarrollar sus funciones como edil y llevar una vida normal dentro de ese contexto.
“Como no tiene cautelares en el caso de la querella por abusos sexuales, puede llevar una vida completamente normal, la presunción de inocencia es trascendental, y mientras la investigación no avance, en términos de establecer que hay un evento que nos pueda conducir a una formalización y eventualmente solicitud de medidas cautelares a esta persona, no debería haber entorpecido el ejercicio de su labor. Respecto a la investigación formalizada (VIF), que existe una prohibición de acercarse a la persona ofendida, eso implica no tener comunicación de ningún sentido. Si existe algún tipo de contacto, amedrentamiento o intento de influencia para que desista de las acciones que ha llevado a cabo, podría requerirse al tribunal que se revisaran las medidas cautelares y requerir una de mayor intensidad para resguardar a la víctima”, sostuvo.
En la misma línea, Teresa Sanhueza aportó indicando que “en el caso que el imputado incumpla la cautelar, y por ejemplo se acerque a la víctima, lo que está incumpliendo es una resolución judicial y cometerá desacato, que en la práctica también es un delito, así ya no solo se imputara al sujeto el delito de lesiones VIF, sino que también el de desacato, lo cual lamentablemente ocurre en la mayoría de los casos en que existen cautelares como estas, porque las personas involucradas tanto imputados como víctimas no le toman el peso suficiente”.
El docente Cruz aclaró que la “formalización no es una acusación, sino comunicación a la persona que se le está desarrollando una investigación. La acusación viene desde para el caso de que se cierre la investigación y el fiscal estime que hay antecedentes para los efectos de llevar a una persona a juicio”.
Cuando culmina el periodo de investigación del Ministerio Público, tanto en el caso de las querellas por abuso sexual como la denuncia por VIF, la fase que continuaría eventualmente sería la preparación del juicio.
“Al terminar el periodo de investigación el fiscal analiza si reunió o no antecedentes suficientes que permitan acreditar la existencia del delito y la participación del imputado, así en tales casos hará las presentaciones necesarias para llevar la causa a juicio. Ahora el procedimiento que se sigue no es el mismo siempre, así por el delito de lesiones en contexto VIF en algunos casos el procedimiento responde a uno de carácter simplificado que conocerá el juez de garantía, ahora bien por el o los delitos de abuso sexual, es materia de juicio oral con lo que ello conlleva, audiencia de preparación de juicio y el respectivo juicio oral”, explicó la profesora, Teresa Sanhueza.
Sanciones eventuales
En la arista penal, en el caso de delito de lesiones menores graves que le imputan, el alcalde se podría exponer eventualmente a una penalidad de presidio menor en su grado mínimo, que equivale de 61 a 540 días de presidio, o una multa de 11 a 20 UTM, sin perjuicio de que la ley ordena que en aquellos casos que estos hechos se den en contexto intrafamiliar la pena se aumenta en un grado, es decir de 541 días a 3 años de presidio. Además de sumarse las medidas accesorias de la ley 20.066, como mantener la salida del hogar o la orden de alejamiento.
En el caso del presunto abuso sexual, la penalidad del hecho depende, en los casos más graves puede ser de presidio menor en su grado máximo, es decir 3 años 1 día a 5 años, y en aquellos que revisten una penalidad más baja, de presidio menor en su grado mínimo a medio, 61 días a 3 años. Estas penalidades corresponden por cada uno de los abusos sexuales.
La académica UdeC advirtió que las penas mencionadas al tenor de lo que le asigna la ley al delito, no siempre se condice con la pena que le impone el juez al caso concreto. “porque pueden ser múltiples factores que incidan en ella, por ejemplo, que tenga circunstancias atenuantes o la concurrencia de agravantes. Además, que en nuestra legislación son procedentes las penas sustitutivas que conlleva que en la mayoría de los casos las penas que no exceden de los 5 años, sumado con otros requisitos, una persona pueda cumplir la misma en el medio libre”, aclaró.
En la arista administrativa, en el caso de que el alcalde se ausente de sus labores y se genere una vacante, dependiendo de la cantidad de días, será el funcionario municipal que lo reemplazará o quién determine el concejo municipal.
“En el caso de ausencia o impedimento del artículo 52 ( de la Ley Orgánica de Municipalidades), cuando esta ausencia sea inferior a 45 días se procede a designar a un funcionario que siga en el orden de jerarquía al alcalde, pero si eventualmente esta vacancia se produce en un tiempo superior a los 45, en ese caso, el Concejo debe designar entre sus miembros un alcalde suplente. Para el caso de la remoción de los alcaldes, por faltas de probidad administrativa por notable abandono de deberes, ese requerimiento de a lo menos 1/3 de los concejales al Tribunal Electoral, que sigue un procedimiento para los efectos de removerlo en el ejercicio de sus funciones y ahí elegir en el concejo”, explicó el docente Andrés Cruz.
El caso Del Pozo ha dejado diversas reacciones en Chillán Viejo. La Discusión intentó contactar a la autoridad electa, sin embargo, no ha sido posible al cierre de esta edición establecer comunicación. Sin embargo, cuando se presentaron las querellas por presunto abuso sexual, en marzo y en abril, el alcalde, a posterior, habló con la prensa, ocasión donde desmintió los hechos, aludiendo una persecución política.
“Queremos lamentar que estas denuncias, que carecen de veracidad, se presenten sin darme la oportunidad de poder demostrar nuestra inocencia. Junto a mi abogado, vamos a ponernos a disposición de la justicia para colaborar en todo lo que se solicite y requiera. Es relevante que la justicia nos deje resolver esto lo antes posible”, sostuvo Del Pozo en aquella oportunidad, sin embargo, tras la denuncia reciente no ha sido posible acceder a sus declaraciones.
Reacciones de concejales
El lunes recién pasado un grupo de vecinas se manifestaron para manifestar su preocupación y criticar a la autoridad tras las denuncias, anunciando una nueva convocatoria para mañana lunes en la explanada del Parque Monumental. En tanto, concejales han compartido sus puntos de vista dada la repercusión que ha generado la situación de edil.
Entre los concejales consultados, Patricio San Martín fue cauto a la hora emitir declaraciones.
“Creo que es fundamental mantener un enfoque equilibrado ante la situación del alcalde Jorge del Pozo. Entiendo que hay acusaciones que están en proceso y que hasta que se demuestre lo contrario, todos merecen el beneficio de la presunción de inocencia. Es natural que estas situaciones generen inquietud en la comunidad, pero también creo en la importancia de esperar el desarrollo de las investigaciones antes de emitir un juicio”, sostuvo.
Son varios los alcaldes y exalcaldes que en los últimos años han estado en el centro de la polémica a raíz de denuncias de por hechos similares, San Martín expresó que se deben “a un cambio cultural que promueve con fuerza el respeto. Para los partidos es una oportunidad de establecer mecanismos claros que aborden de manera efectiva las denuncias”.
En la misma línea, el concejal reelegido (UDI), Manuel Sepúlveda, se mantuvo prudente al referirse al caso.
“Yo solamente lo que digo es que esto está en manos de la justicia y la justicia tiene que pronunciarse el día de mañana y yo me voy a acatar a lo que dice la justicia. Creo que cuando hay un juicio pendiente no podemos hacer especulaciones de lo que va a suceder. Y eso es lo que enreda a veces las cosas cuando todos empezamos a opinar. Yo siempre digo que la justicia tiene que actuar y a eso me atengo”, dijo.
El reelecto concejal (DC), Carlos Molina, indicó que hay que esperar que la investigación siga su curso.
“Creo que es lamentable que estemos viendo cosas nefastas a través de los medios, porque yo creo que uno debe cuidar su integridad. Cuando uno es una persona pública uno no tiene vida privada. Yo me adhiero a las víctimas, pero también que la justicia actúe, porque uno no puede hacer juicios de valor, porque el día de mañana a uno lo pueden demandar, entonces, la justicia debe determinar si hay o no condena. (…) La justicia tiene que ser pareja para todos”, comentó.
El ex candidato a alcalde por Chillán Viejo y concejal (PS), Rafael Palavecino, se mostró crítico y reflexivo ante la situación, lamentando el impacto negativo que este tipo de situaciones tiene en la percepción pública de la política.
“Toda situación de violencia de género es detestable, que no debería suceder. Creo que nuestras autoridades deberían tener una altura moral y ética acorde a los cargos. Hoy en día la política está siendo bien desprestigiada por temas ligados a la corrupción, a la violencia y al abuso. El alcalde del Pozo recordemos que tiene dos denuncias por abuso sexual y otras por acoso laboral, y curiosamente todo en contra mujeres. Claramente en Chile opera la presunción de inocencia hasta que no se demuestre lo contrario, pero como sociedad debemos ponernos en el lugar de las víctimas y cuando suceden este tipo de situaciones son condenables. Nuevamente Chillán Viejo está apareciendo ante la opinión pública por hechos que no tienen nada que ver con buena gestión, sino por hechos que nos avergüenzan” Espero que la justicia pueda actuar”, opinó.