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Juntas de vecinos alertan aumento de “casas okupa” en la capital regional

Explicar por qué de un tiempo a otro, tantos vecinos de Chillán comenzaron a dejar sus casas en el centro, para trasladarse a un parcela, a una villa periférica o cambiarse a otra comuna de la región,  podría sumar horas de explicaciones que pasarían por el efecto 18-O, los toques de queda de la pandemia, o porque hoy vender una propiedad dentro de las cuatro avenidas es un buen negocio. Entre tantas otras, claro.

Sin embargo, dentro de quienes trabajan en corretajes de propiedades coinciden que nunca antes se habían contado tantas casas vacías en la capital regional. Algunas a la venta, otras en arriendo y un número no menor, sencillamente, en estado de abandono. Y es en este punto donde se sembró y germinó uno de estos tantos problemas sociales nuevos difíciles de erradicar: los “okupas” y sus tantas variantes.

Las juntas de vecinos acusan robos a las casas aledañas, peleas entre ellos, asaltos, música trasnochada, alcohol, peleas, drogas, asaltos y todo el resto del ya conocido menú de desgracias.

“Y Carabineros no puede hacer nada. Nos dicen que no pueden entrar sin la orden del dueño ni tampoco sin una orden de la Fiscalía”, se queja la secretaria de la Junta Vecinal número 2 Sargento Aldea, Norma Maureira, quien, de hecho, ha sido víctima de robos debido a que la casa colindante (Sargento Aldea con Itata), perteneciente a una aseguradora santiaguina, “lleva años abandonada y siempre se vienen a meter personas. Lo que más nos molesta es que más encima hay gente que por las noches les trae comida”.

La dirigente nombra dos casas vacías más en Gamero, otras tantas en Itata y “todas con el mismo problema”.

Sería delirante hacer un ránking de la casa okupa más conflictiva de Chillán, pero si se diera, quizás la corona se la lleva la de Sargento Aldea 432, entre Libertad y Vegas de Saldías.

No se trata de okupas, exactamente, pero “hay una persona que, aparentemente, es el dueño y le arrienda espacios, ni siquiera piezas, a personas que se drogan y beben alcohol en la vía pública, lo que tiene muy molestos a los vecinos. De hecho, la PDI hizo un operativo por un robo en calle Bulnes y con las cámaras de televigilancia vieron que los ladrones se metieron a esa casa. Y ahí mismo encontraron las cosas”, dice el concejal Rodrigo Ramírez, quien ha recibido diversas quejas para que pueda canalizar ayuda a través del municipio.

Otra más, a pocas cuadras, en calle Libertad cerca de Av. Argentina. Lleva tanto tiempo vacía que sus ocupantes hasta tienen un perro y la grafitearon para darle ese toque artístico que los hace sentir en casa.

La corredora de propiedades María Luisa Solar, explica que “los dueños son de Concepción, pero no muestran interés. Incluso, les tuve un comprador, pero la venta no se efectuó porque esas personas se negaron a retirarse”.

Fue a Carabineros a hacer la denuncia, “pero me dijeron que la tenía que hacer el dueño. Ahora les tengo otro comprador y no sé qué va a pasar”, añade.

Se estima que hay cerca de ocho a 10 casas “okupas” en el radio urbano. “Y cada vez que esta gente llega, desmantelan las casas de a poco, pero se llevan todo, hasta los muebles del baño”, advierte la corredora.

Dominio por prescripción

En Chile, el derecho a la propiedad y el dominio sobre esta es perpetuo, por lo tanto, a menos que haya orden de embargo por causas civiles, o de incautación, por causas penales, el Estado no puede despojar a un particular de su propiedad, salvo justificados casos de expropiación.

Sin embargo, y como lo expone el abogado Guillermo Valdés, experto en derecho inmobiliario, “existe el Decreto Ley 2695 que dice que los poseedores materiales de bienes raíces rurales o urbanos, cuyo avalúo fiscal para el pago del impuesto territorial sea igual o inferior a las mil UTM, que carezcan de título inscrito, podrán solicitar de la Dirección de Tierras y Bienes Nacionales que se les reconozca la calidad de poseedores regulares de dichos bienes a fin de quedar habilitados para adquirir su dominio por prescripción, de acuerdo con el procedimiento que se establece en la presente ley”.

Si bien esto permitiría que cualquier persona natural o jurídica pueda hacerse legalmente de una de estas propiedades abandonadas, y así darle un mejor uso lo anterior no aplica a personas jurídicas públicas, por lo que -por ejemplo- no lo podría realizar la municipalidad.

En lo penal, aún no se ha registrado este año alguna orden judicial para desalojo de bienes particulares y los pocos registros nacionales que existen de eso son gestionados, en su gran mayoría, por empresas inmobiliarias, cuando se hacen de un predio ocupado ilegalmente para sus proyectos.

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