El Gobierno del presidente José Antonio Kast ingresó este lunes al Senado un proyecto de reforma constitucional que busca reforzar las herramientas del Estado frente al crimen organizado y establecer un nuevo estado de excepción constitucional de seguridad pública. La iniciativa forma parte de la Agenda Contra el Crimen Organizado y el Terrorismo (ACOT) y fue presentada con suma urgencia, por lo que tendrá un plazo de 15 días para su discusión, en un trámite que además estará condicionado por la próxima semana distrital.
La propuesta contempla ocho modificaciones a la Constitución. Entre ellas, incorpora expresamente la seguridad pública como un deber del Estado y crea un nuevo artículo destinado a reconocer constitucionalmente su protección frente al crimen organizado.
El texto también plantea establecer regímenes penitenciarios diferenciados para personas condenadas por estos delitos, con eventuales restricciones de comunicaciones, visitas, traslados y beneficios penitenciarios cuando sean necesarias para evitar que continúen coordinando actividades ilícitas desde las cárceles. Asimismo, contempla la inhabilitación perpetua para ejercer cargos públicos y limitaciones para acceder a determinadas penas sustitutivas.
Otra de las medidas considera la creación, mediante ley, de registros de organizaciones criminales. Además, el Presidente podría declarar que una agrupación constituye una organización terrorista o de crimen organizado, previo informe fundado del Ministerio Público o del Consejo de Seguridad Nacional. Esta decisión requeriría la aprobación del Senado por dos tercios de sus integrantes en ejercicio y en sesión secreta.
El proyecto incorpora también como causal constitucional una amenaza grave e inminente o una afectación grave de la seguridad pública. En ese marco, crea un nuevo estado de excepción que podría extenderse por hasta 120 días y ser prorrogado por igual período. Para nuevas extensiones se necesitaría el acuerdo del Congreso.
Durante su vigencia, el Presidente podría restringir la libertad personal y de locomoción, el derecho de reunión y de asociación, además de disponer la interceptación, apertura o registro de documentos y comunicaciones y la requisición de bienes.
Las zonas afectadas quedarían bajo dependencia inmediata de un oficial general designado por el Mandatario.




