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El Servicio Nacional del Consumidor (Sernac) y el Servicio de Impuestos Internos (SII) han iniciado un periodo de fiscalizaciones a las playas de estacionamientos que se encuentran operativas, todo con la finalidad de comprobar de que, por un lado, se están cumpliendo las normativas que regulan el cobro de los servicios, a la vez de que se esté entregando a los contribuyentes la boleta correspondiente.
Al respecto se refirieron el Seremi de Economía (s) y director regional del Sernac, Félix Mercado, junto al director regional del Servicio de Impuestos Internos, Juan Arredondo, quienes entregaron los detalles de este proceso iniciado.
En primer lugar, y abordando los derechos que tienen todos los consumidores, el Seremi de Economía (s) señaló que “el Servicio Nacional de Consumidor, en el ejercicio de su facultad fiscalizadora, hoy iniciamos un operativo de fiscalización con el fin de resguardar los derechos del consumidor en materia de estacionamientos. Esta fiscalización, que se va a realizar por un par de días con nuestro personal de fiscalización, principalmente lo que busca es revisar el cumplimiento de la norma en cuanto a los cobros por tramo de tiempo, que se cumplan las obligaciones de exhibir los derechos del consumidor y su posibilidad de reclamar sus derechos ante el Sernac y los juzgados de policía local y, por último, también los temas de seguridad dentro de los estacionamientos”.
A su vez, Félix Mercado agregó que “desde el 2017 la norma obliga a los estacionamientos a hacerse responsables de todos aquellos hurtos o robos que se produzcan al interior de sus dependencias, esto como una manera de proteger a los consumidores y en el ejercicio de su derecho de seguridad en el consumo”.
Por su parte, el director regional del SII, Juan Arredondo, mencionó que este despliegue en conjunto también busca comprobar el cumplimiento de las obligaciones tributarias. “Todos los estacionamientos deben dar documentos afectos a IVA, no es un servicio exento, por lo tanto, siempre que hagamos uso de estos estacionamientos debemos exigir nuestro documento tributario, la boleta afecta a IVA”.
Y agregó que “en concordancia con eso, los funcionarios del servicio verán que el contribuyente esté cumpliendo con la normativa tributaria y, si en definitiva tiene alguna brecha que solucionar, se le invita a que lo haga ya sea por internet o viniendo a nuestras oficinas de tal manera de solucionar el problema ante de que el servicio los fiscalice como una medida de educación al contribuyente”.
Finalmente, Juan Arredondo mencionó a modo de información general que “el servicio controla el tipo de documento que emite, porque existe el tipo de conocimiento popular de que cada vez que cuando paga con tarjeta, ya sea crédito o débito, el voucher que se le entrega es una boleta y eso no siempre es así. Los contribuyentes tienen que mirar el voucher el cual debe indicar que es válido como boleta, si el voucher no lo indica, el contribuyente tiene que exigir la boleta al comercio, ya que de esa manera se está cumpliendo con la obligación tributaria”.
Es importante señalar que, quienes no cumplan con aquella normativa tributaria, pueden enfrentar serias medidas sancionatorias, las que varían dependiendo de diversos factores como el monto de la evasión, si existe reincidencia, entre otras. Desde el Servicio de Impuestos Internos, al respecto, señalaron que estas medidas sancionatorias parten desde los dos días de clausura y una multa que depende del monto de la evasión tributaria.