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Dipreca y Fonasa

Señor Director:

Ante la falta de convicción de la Subsecretaría de Seguridad Pública para liderar la solución de los problemas de salud de Dipreca, es necesario estudiar nuevas alternativas para sus pensionados y montepiados.

La Constitución Política, en su artículo 19 N.º 9, reconoce el derecho a elegir el sistema de salud, estatal o privado, al que cada persona desee acogerse, conforme a la ley.

Existe un precedente relevante, la Ley N.º 19.465, sobre el Sistema de Salud de las Fuerzas Armadas, contempla en sus artículos 40 y 41 la opción de los pensionados y montepiados de Capredena de elegir otro sistema de salud. Asimismo, contempla un aporte fiscal del 1% sobre las pensiones de retiro y montepío para financiar la salud. ¿Por qué no estudiar una alternativa equivalente para los pasivos de Dipreca, permitiéndoles incorporarse voluntariamente a Fonasa, con una cotización del 7%?

Su incorporación generaría flujos permanentes de recursos para Fonasa, contribuyendo al financiamiento de la salud pública, sujeto a la evaluación financiera y legal correspondiente.

Los beneficiarios podrían acceder a las GES y, conforme a las reglas de Fonasa, a la atención en hospitales públicos y Cesfam con Copago Cero, además de la Modalidad de Libre Elección (MLE) para atenderse en el Hospital Dipreca y centros de salud privada. La salud de nuestros pensionados y montepiados requiere voluntad política y decisiones responsables.

Hero Negrón Schlotterbach

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