A Sala fue despachado el proyecto de ley sobre contaminación odorífica. La norma modifica la ley N° 19.300, sobre Bases Generales del Medio Ambiente, para contemplar que se entenderá por contaminación odorífica aquella provocada por el hombre o por la naturaleza, de manera directa o indirecta, consistente en una concentración de olor en el aire ambiente, superior a los niveles permitidos en la normativa sectorial, y que conlleva molestia para las personas.
En ese marco, se considerará como distancia mínima de diez kilómetros del radio urbano para el funcionamiento de cualquier estructura física industrial, ganadera, productiva, faenadora o procesadora.
Igualmente, los predios agrícolas y forestales que utilicen como fertilizantes desechos de procedencia animal y/o humana para sus plantaciones.
El texto legal establece de alta prioridad las denuncias provenientes de las comunas tipificadas como zonas en desarrollo que se vean afectadas por esta contaminación.
El proyecto se originó en dos mociones, una de ellas autoría de la diputada Viviana Delgado (IND). La firman también los diputados/as: Fernando Bórquez (UDI), Felipe Camaño (IND), Marta González () Félix González (IND), Enrique Lee (IND) Karen Medina (PDG), Daniel Melo (PS), Camila Musante (IND) y Rubén Dario Oyarzo (PDG).
La segunda moción es de autoría de la diputada Sara Concha (PSC). Cuenta con las firmas de los diputados/as: Jaime Araya(IND), Eduardo Cornejo (UDI), Daniel Melo (PS) José Carlos Meza (P.REP), Francesca Muñoz (PSC), Gloria Naveillan (IND), Hugo Rey (RN) y Marisela Santibáñez (IND).
La normativa también define la categoría de olores molestos. Estos serán aquellos susceptibles de causar molestia a las personas, afectar el medio ambiente o uno o más de sus componentes, en conformidad con las regulaciones establecidas.
En tanto, corresponderá al Ministerio del Medio Ambiente dictar uno o más reglamentos que establezcan los criterios para la dictación de normas que regulen la emisión de contaminantes relativas al olor y que generan molestia a las personas. Las normas de emisión de olores que regulen los sectores prioritarios señalados en la Estrategia para la Gestión de Olores en Chile, deberán dictarse en el plazo de un año contado desde la publicación de la presente ley. Finalmente, con esta regulación, que ahora será debatida en la Sala de la Cámara, se busca la protección de la salud de la población que reside cerca de, por ejemplo, planteles porcinos o recintos pesqueros.
Sanciones penales
En declaraciones al medio Interferencia, Viviana Delgado (IND), una de las autoras del proyecto de ley, que se encuentra con suma urgencia, destacó la importancia de la iniciativa en el contexto de la situación actual de contaminación de olores en el país.
Al respecto, la parlamentaria destacó en primer lugar “la importancia y relevancia social que tiene este proyecto de Ley de Olores, porque la contaminación odorífica es un tema urgente a nivel nacional, puesto que el olor es el segundo tipo de contaminante con más denuncias ante la Superintendencia de Medio Ambiente durante los últimos años”.
“El proyecto señala que el olor sea considerado específicamente como contaminante en la Ley de Bases del Medio Ambiente, lo que permitirá generar un estatuto jurídico normativo que, por medio de las competencias de la autoridad ambiental, pueda multar, pero también si se comprueba daño ambiental, disponer de las responsabilidades civiles e incluso penales por la infracción a la normativa ambiental y de salud pública”, aseveró.
“Sin embargo, la reparación e indemnización son las consecuencias, es decir, el costo y las sanciones a pagar cuando el daño ya está hecho, cuando los vecinos y vecinas se vieron afectados y respiraron los malos olores. El objetivo principal del proyecto de Ley de Olores es que se fiscalice y se establezca una normativa que regule, evite y erradique este tipo de episodios. Como país debemos actuar de forma preventiva y no reactiva, cuando el problema ya está desatado”, finalizó.
Otro proyecto similar
El carácter de suma urgencia que el Gobierno dio a este proyecto de ley permitió que ya fuera despachado para su votación en la sala. Sin embargo, existe pendientes en el Congreso otro proyecto similiar, que data de agosto de 2015 y fue presentado por las diputadas Daniella Cicardini y Denise Pascal. La iniciativa “modifica la ley N°19.300, sobre Bases Generales del Medio Ambiente, para reconocer expresamente al olor como agente contaminante” y, según información disponible en el sitio web de la Cámara, desde el 2 abril del 2019 se encuentra en Segundo Trámite Constitucional, a la espera de ser discutida por la Comisión de Medio Ambiente y Bienes Nacionales del Senado.