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Derechos de las personas mayores

Señor Director:

La ley 21.724 en Chile ha despertado un legítimo debate respecto a su impacto sobre los derechos fundamentales de las personas mayores. Mas allá de su aparente finalidad administrativa, esta norma presenta una grave falencia: resulta discriminatoria y vulnera principios consagrados en la constitución como en tratados internacionales suscritos por nuestro País.

En primer lugar, desconoce el derecho a la igualdad ante la ley ,establecido en la carta fundamental al introducir criterios que afectan de forma desigual a un segmento de la población que, por su edad ,merece especial protección .Este sesgo también entra en conflicto con la convención interamericana sobre la protección de los derechos de las personas mayores ,instrumento internacional que Chile ha ratificado y que ,por ende forma parte de nuestro marco constitucional .Dicha convención es clara al prohibir cualquier trato discriminatorio basado en la edad, especialmente cuando proviene del propio estado a través de su legislación .

En este contexto resulta paradójico que las estadísticas reflejen a un país que envejece aceleradamente y que, en paralelo, legisle en contra de esa misma población. Según el último boletín coyuntural de estadísticas vitales del INE, en enero de 2015 se registraron 12.827 nacimientos, lo que representa una caída del 9,8% respecto del mismo mes del año anterior. Esta tendencia no solo revela una transformación demográfica ineludible, sino que también exige políticas públicas que garanticen, dignidad, inclusión y respeto hacia quienes han contribuido durante décadas al desarrollo del país.

Chile no puede darse el lujo de legislar contra su propio futuro.

Raúl Sandoval Sepúlveda

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