Señor Director:
Hay una serie de requisitos que se deben cumplir para portar un arma de defensa personal, pero esas exigencias se deben regularizar al momento de comprar un arma de defensa personal en una armería autorizada. Es ahí, en ese caso, donde un eventual comprador tiene que llenar un formulario con todos sus antecedentes y ser enviados por el vendedor a la Dirección General de Movilización Nacional para autorizar o rechazar dicha adquisición.
En el caso de un asalto con violencia a una vivienda donde hay una familia, la víctima, en caso de poseer un arma no inscrita debidamente, no tendría porque ser juzgada en el caso de ultimar al o los victimarios.
Si bien es cierto que si el dueño del arma no la tiene debidamente inscrita y procede en defensa propia, se debe tomar el caso como una infracción y no como un delito. Una vez aclarado el hecho la justicia debería aplicar las sanciones pertinentes y dejar libre al asaltado por confirmar su actuar en defensa propia.
Si la víctima asaltada tiene un arma en sus manos no va a preocuparse si su arma está o no debidamente inscrita y procederá a defender a sus familias.
O nuestras familias o ellos, los delincuentes. Así de simple pensará el dueño de casa.
Héctor Alfonso Mora García



