La Corte de Apelaciones de Chillán acogió a trámite el recurso de reclamación por ilegalidad interpuesto por el directorio de la Junta de Vigilancia del Río Chillán (JVRC), en contra de la Dirección Regional de Aguas Ñuble (DGA), la que, mediante un acto administrativo, inició el proceso de convocar a elecciones, en virtud de una solicitud de un grupo de canalistas del río Chillán.
El pasado 10 de octubre, la DGA Ñuble dictó la resolución exenta 1227, mediante la cual, declaró admisible la solicitud de aplicar el artículo 230 del Código de Aguas, que la faculta para convocar a una junta general para elegir el nuevo directorio de la JVRC. De hecho, el pasado 30 de octubre se realizó la primera reunión preparatoria, en la que participaron funcionarios de la DGA Ñuble y cerca de 50 comuneros de cinco canales (de un total de 52 canales, de los cuales 28 se mantienen activos).
Según argumentó el MOP Ñuble, “la ley establece que cualquier comunero puede solicitar a la DGA que convoque a la asamblea para elegir directorio cuando ésta no se ha realizado oportunamente. En este caso, lo solicitó el presidente de la comunidad de aguas del canal Ranquililahue y cuatro usuarios de los canales Las Nieves, Boyén, Lautaro II y Patagual”.
Sin embargo, el presidente de la JVRC, Hector Jaque, criticó la intervención de la DGA, que calificó de ilegal y subrayó que cada dos años se realizan elecciones y que él ha resultado ganador siempre con el voto unánime de los presentes. Según expuso, no había razón para que la DGA interviniera de esa forma, dado que aseguró que él estaba organizando el proceso eleccionario 2024, que estaba previsto para septiembre pasado, pero que no se concretó debido a la intervención de un grupo de regantes en coordinación con el director de la DGA Ñuble.
Reclamo de ilegalidad
En ese contexto, el 24 de octubre pasado, el directorio de la JVRC interpuso el reclamo de ilegalidad ante el tribunal de alzada chillanejo, que el 25 de octubre acogió a trámite el recurso y pidió un informe a la recurrida con un plazo de 15 días hábiles, pero no ordenó la suspensión del proceso que lleva adelante la DGA.
Carlos Leiva, gerente de la JVRC, expresó: “esperamos que la Corte se involucre en el proceso de elección de directorio, pero lo que primero estimamos que la Corte determine, es que el proceso que trata de llevar a cabo la DGA Ñuble está fuera del marco de la ley”, lo que significa dejar sin efecto dicho proceso, “para que nosotros podamos realizar nuestras elecciones de manera libre, como lo teníamos planificado”.
En esa línea, Leiva estimó que, en un escenario optimista, la causa se podría resolver antes de fin de año.
Asimismo, explicó que, en un proceso eleccionario como éste, según la ley y el reglamento, solo votan los representantes de los canales o comunidades de aguas con personalidad jurídica -no los comuneros-, así como también las personas naturales o jurídicas que extraen directamente del río como usuarios individuales, que en el río Chillán son 499.