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Cédula y pasaporte son los únicos documentos válidos para votar

La Secretaria Regional Ministerial de Justicia y Derechos Humanos de Ñuble, Elizabeth Riquelme junto al director regional subrogante del Servicio de Registro Civil, Ricardo Olivos, informaron a la ciudadanía sobre los documentos válidos para que las personas puedan ejercer su derecho al sufragio en las elecciones municipales y regionales del próximo sábado 26 y domingo 27 de octubre.

En la ocasión la seremi de Justicia y Derechos Humanos, Elizabeth Riquelme, mencionó que “los únicos documentos válidos para que las personas puedan ejercer su derecho a sufragio el 26 y 27 de octubre, son la cédula de identidad y/o el pasaporte, no sirve ni la licencia de conducir, ni tampoco el comprobante de renovación de la cedula”.

Además, mencionó que “tanto la cédula como el pasaporte, pueden tener un año de vencimiento. Es decir, si el documento señala que tiene fecha de vencimiento el 27 de octubre del año 2023, puede ejercer sin problema alguno su derecho a voto”.

Las oficinas del Registro Civil atienden de lunes a viernes, de 08:30 a 14:00 horas. Para renovar o reimprimir se requiere agendar hora con Clave Única en www.registrocivil.cl. No obstante, quien tenga su cédula lista para retirar solo debe concurrir a la oficina, no es necesario llevar el comprobante ya que la entrega se hace con comprobación biométrica.

Rol de los expertos en identificación

La ley electoral encomienda al Servicio de Registro Civil e Identificación la labor de tener un experto de identificación en cada local de votación. Esto significa que sí, a juicio de la mesa de votación, existiere disconformidad notoria y manifiesta entre las indicaciones del padrón de mesa y la identidad del elector, se recabará la intervención del experto de identificación. El experto hará que el elector estampe su huella dactilar derecha al lado de su firma y la cotejará con la estampada en su cédula nacional de identidad o cédula   de identidad para extranjeros. Se admitirá el sufragio solo si con el informe del experto se determinare por la mesa que no hay disconformidad.

El director regional (s), Ricardo Olivos,  indicó que en aquellos casos de algún cambio en el orden de los apellidos, cambio de sexo registral y que este haya sido posterior al cierre del patrón electoral y que este cambio no se vea reflejado en la nueva cédula que porta,  “no debe ser motivo de preocupación para el elector, puesto que en cada local de votación, habrá un funcionario del Servicio de Registro Civil que podrá aclarar la identidad del votante, realizando el cotejo  respectivo a través de su impresión digital u otra técnica.   Es decir ante la duda del presidente de la mesa respecto a la identidad del elector, este podrá requerir la presencia del experto del Servicio, quien verificará la identidad de ese elector y dará su informe al presidente de la mesa, quien conforme a sus facultades permitirá que ese ciudadano pueda sufragar”.

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