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Primeros procesados por adopciones ilegales en la dictadura

La Justicia chilena procesó por primera vez a cinco personas por sustracción ilegal de menores durante la dictadura de Augusto Pinochet (1973-1990), lo que supone un hito ya que hasta ahora ningún juez había logrado acreditar la existencia de una red de adopciones ilegales durante el régimen, informaron este lunes fuentes oficiales.

Seún indicó la agenci Efe, en un histórico fallo, el juez de la Corte de Apelaciones de Santiago Alejandro Aguilar Brevis ordenó prisión preventiva para cinco personas acusadas de “asociación ilícita, sustracción de menores y prevaricación dolosa en la adopción irregular de dos menores de edad de la comuna de San Fernando, que fueron entregados a matrimonios extranjeros”, indicó el Poder Judicial en un comunicado.

El magistrado logró acreditar que “en la década de los ochenta existió en la ciudad de San Fernando una red integrada por abogados, sacerdotes de la Iglesia Católica, miembros de organizaciones sociales, funcionarios de salud y una jueza para detectar y entregar en adopción a menores de edad, cuyas madres eran de escasos recursos, a parejas extranjeras previo pago de montos de dineros que podrían llegar hasta los 50.000 dólares”, apuntó el comunicado.

Orden de extradición contra ex jueza

La líder de la supuesta red era Ivonne Gutiérrez Pavez, la entonces titular del Juzgado de Menores de San Fernando y quien actualmente se encuentra residiendo en Israel.

El juez Brevis solicitó a la Corte Suprema de Justicia la extradición de la acusada, en virtud del Convenio Europeo de Extradición, que incluye al Estado de Israel y que acaba de entrar en vigor, afirmó el texto.

Unos 20.000 menores chilenos fueron adoptados de forma irregular por familias extranjeras durante el régimen, de los cuales sólo 1.000 se han reencontrado con sus familias, según cifras del Poder Judicial.

La salida de los menores al extranjero fue principalmente con dos métodos: por entrega de la tutela del pequeño a un tercero para que pudiera viajar y ser adoptado bajo las leyes del país de destino; o por inscripción en el Registro Civil de un falso certificado de defunción del bebé, para luego ser inscrito por los padres adoptivos como propio en otro país.

 

 

 

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