El Cuarto Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Santiago ha ordenado a la Fiscalía Centro Norte y a los querellantes del Caso Pío Nono pagar las costas del juicio, tras la absolución unánime del excarabinero Sebastián Zamora. Zamora era el único implicado en el caso de homicidio frustrado de “Anthony”, el joven que cayó al río Mapocho en medio de las manifestaciones durante el estallido social.
Entre los querellantes se encontraban el Instituto Nacional de Derechos Humanos (INDH), la Defensoría de la Niñez y la familia del joven.
En la lectura de la sentencia este jueves, la jueza Patricia Bundl destacó que hubo “ambigüedades” por parte de la Fiscalía y elementos acusatorios que no pudieron ser acreditados durante el juicio. Según consignó Emol, no se demostró qué heridas habrían causado la eventual muerte de Anthony, lo que impidió encuadrar el hecho como un homicidio frustrado.
La magistrada también apuntó a una “desorientación” en los alegatos finales, mencionando diferencias en las causas de la muerte del joven, ya fuera por caída o inmersión. En su resolución, el tribunal detalló que la Fiscalía no pudo “satisfacer la pretensión acusadora”. Además, la jueza indicó que la declaración de “Anthony” fue “confusa” y que, aunque se consideraron versiones de testigos como la madre del joven, quien afirmó que el excabo lo agarró y lanzó al río, en el relato del afectado eso no se mencionó.
El veredicto concluyó que “son tantas las versiones que se han conocido en el juicio sobre lo ocurrido que ni siquiera los acusadores en los alegatos de clausura han podido precisarla, limitándose a usar conceptos generales, con lo cual no se hacen cargo de la acusación que ellos mismos sometieron a conocimiento de este Tribunal”. En consecuencia, el tribunal resolvió, por unanimidad, absolver a Sebastián Zamora Soto de las acusaciones presentadas en su contra como autor de los delitos de homicidio frustrado y apremios ilegítimos.