El Tribunal Electoral Regional de Ñuble rechazó la reclamación presentada por una ciudadana de Coelemu en contra de la elección de candidato de alcalde realizada en la comuna de Coelemu, el pasado 26 y 27 de octubre de 2024.
El reclamo de nulidad fue presentado, “por carecer (las elecciones) de las garantías de transparencia, certeza, legalidad e independencia del sufragio que hagan posible expresar un resultado legítimo, solicitando se acoja la reclamación por las consideraciones de hecho y derecho que se reseñan”. Lo anterior, luego que “entre los dos candidatos más votados existe una diferencia de tan sólo 779 votos”, aludiendo a los votos obtenidos por el actual edil Alejandro Pedreros (47,58% de los votos) y el candidato opositor, Miguel Garrido (41,53%).
La reclamación pedía revisar algunas mesas en diferentes locales de votación.
En su sentencia, el tribunal confirma que se encuentra en proceso de revisión de las mesas. Sin perjuicio de ello, se “rechaza la reclamación de nulidad deducida en carácter de principal, a fs. 1, doña Ana Rosa Salazar Bustos”, mientras que en su punto dos, “rechaza la reclamación de rectificación universal de las mesas receptoras de sufragio deducida subsidiariamente, por doña Ana Rosa Salazar Bustos”.