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De manera unánime, el Tribunal Ambiental de Valdivia, con jurisdicción desde Ñuble a Magallanes, resolvió alzar la medida cautelar vigente desde diciembre del 2018 y que suspendió los efectos de la Resolución de Calificación Ambiental (RCA) del proyecto Embalse Punilla respecto del componente humano, especialmente en lo relacionado al Plan de Desarrollo Social del proyecto y las medidas relativas a la relocalización de un grupo de habitantes de San Fabián de Alico, en la Región del Ñuble.
Según la resolución notificada este miércoles, “el examen realizado por el Tribunal para conceder la medida se circunscribió a los antecedentes acompañados por la demandante en la solicitud de carácter prejudicial, conforme a los cuales, prima facie, se realizó un juicio de probabilidad del derecho reclamado y el peligro en la demora. De esta manera, el otorgamiento de la medida y su mantención de oficio se vio justificado por razones de urgencia, a efectos de impedir, en el corto plazo, los efectos negativos de los actos o conductas sometidos al conocimiento del Tribunal”.
El Tribunal, integrado por los Ministros Sr. Iván Hunter Ampuero, Sra. Sibel Villalobos Volpi y Sr. Michael Hantke Domas, determinó que “con posterioridad a la presentación que dio curso a las medidas cautelares, el Fisco de Chile presentó diversos antecedentes, de los cuales es posible concluir que el peligro en la demora se desvanece”.
De acuerdo al Tribunal, con los antecedentes presentados se tomó conocimiento que los desalojos denunciados por los demandantes “correspondieron a la toma de posesión material de procedimientos expropiatorios legalmente sancionados por los tribunales competentes para ello. Lo anterior, ratificado además por sentencia de la Iltma. Corte de Apelaciones de Chillán, y confirmada por la Excma. Corte Suprema”.
“La demandante no acompañó documental que en sede cautelar permita desvirtuar la de los oponentes. Por tanto, sin perjuicio del examen completo de la prueba que se realizará al juicio de fondo, el Tribunal le dará validez para estos efectos a la información aportada por el Fisco de Chile y la Sociedad Concesionaria Aguas de Punilla S.A.” señaló la resolución del Tribunal Ambiental de Valdivia, que concluyó con el alzamiento de la medida cautelar, por no mantenerse los argumentos que dieron origen a su dictación.