El Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Chillán condenó este miércoles 10 de junio a Sara de las Mercedes Ruz Saldías a la pena de 5 años y un día de presidio efectivo, en calidad de autora del delito de tráfico de drogas. Ilícito perpetrado en octubre de 2018, en la comuna de Quillón.
Este caso cobra especial relevancia considerando que es el primero que se ha realizado de manera telemática a raíz de la emergencia sanitaria que afecta al país.
Pese a la condena, para la defensa se trata de un resultado satisfactorio, toda vez que el abogado Andrés Ojeda, evitó que se condenara a su representada por los 12 años que solicitaba la fiscal Tamara Cuello.
De todas formas, el fallo dictado por el tribunal se fundó en que a las 18.05 horas del 31 de octubre de 2018, personal de la Brigada Antinarcóticos de la PDI, allanó los dos domicilios que registraba Ruz Saldías, en la comuna de Quillón.
“Es así como al interior del primer inmueble se encontró que la acusada poseía y guardaba, en una dependencia del segundo piso, oculto en una caja de leche que se encontraba al interior de un mueble, tres bolsas con cocaína base, las que arrojaron un peso total de 90.88 gramos, además de encontrar sobre una mesa del living comedor la cantidad de $10.000 en dinero en efectivo”, se explicó.
En tanto, “(…) en el segundo domicilio, la Policía encontró en poder de la acusada, en el entretecho de una dependencia destinada a dormitorio, al interior de una bolsa de nylon, dos bolsas contenedoras de clorhidrato de cocaína, con un peso de 197.84 y 83.66 gramos, respectivamente y en una dependencia del segundo piso $333.000 en dinero en efectivo en billetes de diversa denominación y en el bolsillo de una chaqueta la suma de $100.000, en billetes de diversa denominación y un comprobante de Banco Estado a nombre de la acusada”.
Garantías del juicio remoto
Concluida la audiencia, la magistrada Claudia Montero comentó que “esta es la primera sentencia que se dicta tras haber realizado un juicio oral íntegro por videoconferencia. Con ello es posible señalar que se pueden efectuar juicios orales a través de este sistema de teletrabajo sin vulnerar garantía constitucional alguna, así como también se ha velado por el estricto cumplimiento al procedimiento”.
“De esta forma se da una respuesta oportuna, en este caso con el bien jurídico protegido, de salud pública, porque se trataba de una causa de tráfico de estupefacientes, se ha dado una respuesta a la sociedad entera y también se ha cumplido con dictar sentencia dentro de un plazo razonable respecto de la acusada, en un trabajo mancomunado entre los trabajadores del Tribunal, los jueces, Fiscalía y el defensor penal privado”, agregó.
A lo anterior, se sumaron las palabras del propio defensor, Andrés Ojeda, quien explicó que “el TOP de Chillán en todo momento entregó todas las facilidades para que se aseguraran las garantías de mi defendida, como por ej: creación de una sala privada en la que oportunidad que se requirió por la defensa se permitió hablar con mi representada, exhibir y demostrar y contrastar la prueba y realizar interrogatorios a los testigos sin ningún problema”. Esto, sin duda en alusión a la pública negativa de la Defensoría Penal Pública de aceptar juicios telemáticos a nivel nacional.