TER Ñuble: concejo de Ñiquén deberá elegir al alcalde de no mediar recurso ante el Tricel
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El Tribunal Electoral Regional (TER) de Ñuble emitió hoy su resolución respecto de la de la vacancia de la alcaldía de Ñiquén, luego que la primera mayoría de las pasadas elecciones, Ariel Miranda (ind.) se viera imposibilitado de asumir.
En un dictamen emanado desde el Tribunal Calificador de Elecciones (Tricel), con fecha del 5 de diciembre de 2024, el presidente de la Corte de Apelaciones, ministro Guillermo Arcos, instruyó a la Municipalidad de Ñiquén “la orden de no innovar decretada por el Tribunal Calificador de Elecciones, con fecha 4 de diciembre de 2024”, añadiendo que, “se suspende la asunción al cargo de alcalde de don Ariel Ignacio Miranda Vallejos, hasta que se resuelva la causa indicada anteriormente, con la que el jefe comunal electo no podrá ni jurar para asumir funciones ni estar presente en la ceremonia solemne del 6 de diciembre”.
Las razones se fundaban en una denuncia presentada por el candidato a alcalde que obtuvo el segundo lugar de preferencias, Mauricio Catoni (ind.-PPD), quien a través del abogado Marcelo Brunet, oficiaron al Tricel respecto de una demanda que interpuso Miranda en contra del municipio, exigiendo la suma de $15 millones, por lo que consideró acoso laboral por parte de la jefatura de la administración saliente.
Conforme a la Ley Orgánica de Municipalidades, ni un alcalde ni un candidato a ese puesto puede tener litigios vigentes con la municipalidad. A esto se sumó un sumario en su contra que lo sindica realizando campaña electoral en terreno, en fechas que se encontraba con licencia médica.
Miranda, quien el 27 de noviembre conversó con La Discusión, se defendió de tales acusaciones aludiendo a persecuciones políticas por parte de sus contendores electorales y asegurando que en la licencia médica que le extendieron sí se le autorizaba a estar en espacios públicos. “Por lo demás, esas campañas a las que asistí no fueron organizadas por mí”, aclaró.
¿Qué pasará con la alcaldía?
Hasta este martes, se desconocía quién asumiría el cargo de alcalde, pero en la resolución emitida por el TER Ñuble, se disipa la incógnita. “Luego de ser electo y proclamado en el cargo de alcalde de la comuna de Ñiquén, y antes de asumir dicha función pública, se ha decretado judicialmente respecto de don Ariel Miranda Vallejos, una causal de inhabilidad sobreviniente en los términos de la letra b) del artículo 60 de la Ley N° 18.695, según da cuenta la sentencia firme dictada por el Tribunal Calificador de
Elecciones, en causa Rol de ingreso N° 863-2024, donde se estimó concurrente respecto de dicho alcalde electo circunstancias propias de una inhabilidad sobreviniente”, se lee en la resolución.
Se agrega que “conforme a la normativa de la materia, y en especial, del tenor literal del art. 60 de la ley N° 18.695, la circunstancia descrita en el párrafo anterior, trae como consecuencia, que don Ariel Miranda Vallejos, alcalde electo y, proclamado de la comuna de Ñiquén ha cesado en dicho cargo público, provocándose al efecto una vacancia que debe ser proveída según las reglas dadas para tal efecto por el inc. 4 y 5 del art. 62 de la Ley N° 18.695”.
Esto significa que se deberá convocar a una sesión extraordinaria en la que el concejo, de entre sus seis miembros, deberá elegir al nuevo alcalde. Si luego de dos votaciones, se mantuviera un empate entre dos ediles, asume la alcaldía el concejal más votado, que en este caso, es el republicano Juan Carlos Burgos.
El concejo de la comuna está conformado por dos ediles republicanos, uno DC, un ind.-PS, un RN y un UDI.
Cabe recordar que la segunda mayoría de alcaldes, Mauricio Catoni (ind.PPD), se hizo parte de la reclamación ante el TER, ya que estima que no se produjo vacancia, por lo tanto, le correspondería a él asumir la alcaldía. Luego de esta resolución, lo más probable es que recurra de apelación ante el Tribunal Calificador de Elecciones.