Servel recordó que hay sanciones por “acarrear” electores
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Hasta el próximo 8 de junio se puede solicitar el cambio de domicilio electoral de cara a las elecciones regionales y municipales del 27 de octubre próximo.
El Servicio Electoral recordó que éste es aquel registrado y que no necesariamente puede coincidir con su lugar de residencia. La ley es explícita al establecer que debe ser un lugar con el que el elector tenga un vínculo objetivo, sea porque reside habitual o temporalmente, ejerce su profesión u oficio o desarrolla sus estudios en él.
Por ello, el Servel hizo un llamado a no declarar domicilios falsos. La ley establece penas de reclusión menor en su grado mínimo y multa de diez a cien unidades tributarias mensuales al elector que, al declarar o actualizar domicilio electoral o la acreditación del avecindamiento, proporcione datos falsos o un domicilio electoral diferente de los permitidos.
Igualmente, establece pena de presidio menor en su grado medio, multa de diez a cincuenta unidades tributarias mensuales y la inhabilitación absoluta y perpetua para el desempeño de cargos y oficios públicos, al que incite, promueva, solicite u organice a los electores, a modificar su domicilio electoral, declarando uno nuevo con datos falsos o diferentes de los permitidos.
Servel ha denunciado en el pasado situaciones anormales de cambio de domicilios: en 2016 detectó dos casos en que el porcentaje de cambios de domicilios superó el 60%, querellándose por 673 situaciones ocurridas en la comuna en Sierra Gorda y 653 en la de Colchane.