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Señor Director:
En el reciente debate sobre la flexibilización del secreto bancario, hace unos meses se advirtió, por este
medio, que dicha medida podría vulnerar la privacidad y, por ende, la dignidad humana. Esta preocupación
ha sido confirmada por el reciente fallo del Tribunal Constitucional, que establece límites claros al acceso a
información financiera sin autorización judicial.
La privacidad, en su dimensión de confidencialidad de los datos bancarios, no es simplemente un derecho
técnico, sino una manifestación directa de la dignidad de las personas y restringir el acceso indiscriminado
del Estado a estos datos, reafirma la primacía de la dignidad humana frente a cualquier intromisión injusti-
ficada.
Si bien el argumento de flexibilizar el secreto bancario en aras de mejorar la persecución de delitos puede
ser relevante en ciertos contextos, implica un riesgo significativo, y no es aceptable sacrificar derechos funda-
mentales bajo el pretexto de una supuesta mayor eficiencia, pues el acceso irrestricto a información financiera
sin control judicial es inconstitucional y así lo ha entendido el Tribunal Constitucional.
Jorge Gacitúa Muñoz
Abogado