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Retorno de alcaldes y propaganda: los aspectos que marcan la postergación

Hoy comenzó la tramitación en la Cámara de Diputados del proyecto de ley de reforma constitucional que busca aplazar las elecciones del próximo 10 y 11 de abril para el 15 y 16 de mayo.

El texto, enviado por el Ejecutivo, señala que la compleja realidad sanitaria hace necesaria esta decisión que fue recomendada por el comité de expertos del Covid-19 y la comunidad médica, teniendo como base el aumento significativo de los casos, el alza de las hospitalizaciones, y la transmisión de variantes más contagiosas, entre otros temas.

La determinación de esta fecha considera como criterios el proceso de vacunación por Covid-19 que se encontrará más avanzando a mediados de mayo, previendo un efecto positivo de la vacunación masiva; evitar su realización en época invernal en que existe una mayor circulación viral y mantener el calendario electoral 2021.

Al respecto, la presidenta del Colegio Médico, Izkia Siches, manifestó que “no nos vamos a oponer a esa fecha, pero queremos dejar bien claro que estamos en un contexto de incertidumbre. Por lo menos con los elementos que nosotros tenemos sobre la mesa, no podemos asegurar que el día 15 y 16 de mayo no vamos a tener un escenario adverso. Va a ser un gran desafío para el gobierno lograr una contención de la pandemia. A nuestro juicio, lo más racional es ver la caída de la curva, objetivar que ésta existiera para poder ver la agenda, o bien hacer algo parecido al año pasado, posterior al invierno”, sostuvo la dirigenta.

La reforma comenzó a discutirse hoy en las comisiones unidas de Constitución y Gobierno Interior de la Cámara, las cuales por la tarde iniciaron la votación, aprobando en general la postergación.

Durante la votación en particular, varios parlamentarios de oposición dieron a conocer su preocupación por las medidas sanitarias y sociales que implementará el gobierno de aquí a mayo para lograr efectuar los comicios. Se esperaba que la sala abordara la iniciativa esta noche hasta total despacho.

Contenido del Proyecto

La reforma constitucional contempla el cambio de las fechas referidas en el artículo 130 de la Constitución sobre la elección de los convencionales constituyentes, y en artículos transitorios que se refieren a elecciones municipales, de gobernadores regionales y de convencionales constituyentes.

Además, se modifica la fecha de la segunda vuelta de los gobernadores regionales para incluirla junto a la realización de las primarias presidenciales fijada para el 4 de julio.

Se establece, además, que el período de los primeros gobernadores regionales comenzará a computarse el 5 de agosto de 2021 y no el 10 de junio de 2021, como actualmente está previsto.

A su vez, se modifica la fecha de mandato de alcaldes y concejales -que ya había sido prorrogado hasta el 24 de mayo-, hasta el 28 de junio de 2021.

Asimismo, se contempla una nueva disposición transitoria que suspende la campaña electoral aplicable a las elecciones municipales, de gobernadores regionales y de convencionales constituyentes, desde las 24 horas del día de publicación de la reforma hasta las 24 horas del 28 de abril, retomándose entre el 29 de abril y el jueves 13 de mayo.

Dicha suspensión contempla la propaganda electoral en prensa y radio, así como en espacios públicos. Sin embargo, se permite la presencia de fotos o carteles en espacios privados como también la transmisión de las radioemisoras de información electoral de utilidad para la ciudadanía.

Respecto de la transmisión de la franja electoral de candidatos a convencionales constituyentes, se suspenderá el día de la publicación de la reforma, si ese día es anterior al 8 de abril. Si quedara un remanente de días para completar la transmisión, los canales de televisión deberán destinar un número equivalente de días al remanente para transmitir la franja televisiva, hasta el tercer día anterior a la elección.

En cuanto al financiamiento y gasto electoral, solo se considera el derecho a usos de bienes muebles o inmuebles o actos y pago de personas que formen parte del equipo del candidato, excluyendo a los brigadistas. Asimismo, se mantendrá vigente el sistema de recepción de aportes del Servicio Electoral para recibir los aportes a campañas electorales.

Sobre el padrón electoral, podrán ejercer su derecho a sufragio quienes se encuentren habilitados en el padrón definitivo contemplado originalmente para las elecciones de los días 10 y 11 de abril de 2021. En el caso de la segunda votación de gobernadores regionales, corresponderá al padrón electoral de las primarias presidenciales y parlamentarias del 4 de julio de 2021.

Por otra parte, los suspendidos alcaldes que repostulan a su reelección y que están siendo subrogados en su cargo, retomarán sus funciones desde la fecha de publicación de la reforma y hasta el 28 de abril de 2021, rigiendo su subrogancia a partir del 29 de abril.

Este último punto es uno de los que algunos diputados intentarán cambiar, pues implicaría que jefes comunales que se encuentran actualmente en plena campaña, volvieran a sus cargos, generándose desigualdad en la competencia respecto del resto de los postulantes.

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