Retiro programado

Señor Director:
El retiro programado es la modalidad de pensión en donde la propiedad de los fondos de pensiones siguen perteneciendo al afiliado, pero es él quien asume el riesgo de inversión y el riesgo de longevidad. Por otro lado, la modalidad renta vitalicia, entrega un pago fijo en UF en el tiempo, asumiendo la compañía aseguradora el riesgo de inversión y el riesgo de longevidad, pero obteniendo a cambio la propiedad del fondo del afiliado.
Ninguna modalidad de pensión es mejor que otra, dependerá finalmente del perfil de cada afiliado al pensionarse, pero la renta vitalicia tiene una pequeña ventaja sobre el retiro programado, y es que tiene la posibilidad de que por un periodo temporal o acotado puede duplicar la pensión que se percibirá en el futuro, y eso es una ventaja para la renta vitalicia a la hora de elegir la modalidad de pensión.
Sería pertinente, que la opción de duplicar la pensión en un periodo temporal también fuera posible en el retiro programado, así no existiría distorsión a la hora de elegir entre una y otra modalidad de pensión.
Eduardo Jerez Sanhueza