Señor Director:
Hace algunos días un balance de la Dirección del Trabajo sorprendió con una cifra inédita. Desde la puesta en marcha de la nueva ley laboral, que data de 2020 y que regula aspectos centrales del teletrabajo, sólo se han cursado cuatro multas por no respetar el derecho a desconexión de los trabajadores. Si bien en su momento se celebró esa garantía, que se traduce en que los empleadores deben respetar los tiempos de descanso, con espacios donde el equipo no esté obligado a responder solicitudes, la realidad muestra que hay escaso conocimiento de la normativa y, por ende, pocas denuncias y fiscalización.
Es un tema preocupante, pues aborda un pilar clave para el bienestar emocional de los trabajadores y, en consecuencia, para la productividad de las compañías. En este sentido, es crucial que las empresas tomen acción proactivamente, difundan los alcances de esta ley y, lo más importante, monitoreen de manera constante el bienestar de sus trabajadores, no sólo con instancias de diálogo, sino especialmente dotándolos de las herramientas de capacitación necesarias para hacer sus labores, ya sea a distancia, presencial o en modalidad híbrida, sin estrés o temores.
impactando directamente el crecimiento de Chile.
Rodrigo Correa
Gerente de Mandomedio Consulting