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Regantes valoran nueva ley que regula la extracción de áridos

Como un avance calificaron regantes y actores relacionados con el riego la publicación de la ley 21.800 el 24 de febrero pasado, que regula la extracción de áridos en cauces naturales y otros bienes nacionales de uso público.

La normativa introduce avances como la exigencia de informe técnico favorable de la Dirección de Obras Hidráulicas, la autorización por volumen y plazo definidos, la delimitación de zonas de prohibición, mayores exigencias de trazabilidad del material extraído y la obligación de presentar planes de cierre con garantías financieras.

En Ñuble, no son pocos los conflictos que se han generado entre las empresas que desarrollan estas faenas, por una parte, y las comunidades ribereñas y regantes de los ríos Itata, Diguillín y Ñuble, entre otros, debido a externalidades negativas e impactos sobre los cauces, además de denuncias de irregularidades y críticas por la escasa fiscalización y la falta de participación de los vecinos y usuarios de los ríos en el otorgamiento de los permisos.

Precisamente, el último ocurrió el año pasado en el río Diguillín, donde la Comisión de Evaluación Ambiental de Ñuble aprobó un proyecto de extracción de áridos en el límite de las comunas de El Carmen y San Ignacio, muy cercano a otras faenas que también se emplazan en el cauce y que según denuncian sus opositores, han afectado gravemente el medio ambiente, la calidad de vida de los vecinos y han inutilizado las bocatomas de los canales de riego.

Mayores exigencias

Francisco Saldías, gerente de río de la Junta de Vigilancia del Río Diguillín, destacó que esta ley “por primera vez establece un marco normativo integral para la extracción de áridos, incorpora un sistema de certificación de origen y trazabilidad, zonas de prohibición y de regulación anexa, mayor fiscalización y planes de cierre. Impacta no solo a titulares de la extracción, sino también a quienes compren los áridos, comercializadores y transportistas, por las nuevas obligaciones de documentación y acreditar la trazabilidad de los suministros”.

El profesional aseguró que “es un gran beneficio por la información y transparencia hacia la comunidad, sobre todo, en Ñuble, surcada por importantes ríos, por cuanto la Dirección de Obras Hidráulicas estará obligada a publicar en su sitio web institucional un registro público de extracción de áridos en cauces naturales, a su vez solicitar opinión sobre las extracciones de áridos a las juntas de vigilancia en cuya jurisdicción de administración y distribución de aguas se encuentre el río a intervenir. También, deberá llevará un certificado de origen, con el objeto de controlar la trazabilidad del material y el cumplimiento de las condiciones de extracción, podrá declarar zonas de prohibición para nuevas extracciones de áridos al interferir obras hidráulicas y causar perjuicios o simplemente cuanto la existencia de áridos no sea suficiente”.

Saldías planteó que, si bien esta ley entra en vigencia en febrero de 2027, “se espera que el espíritu y sentido común de la DOH, actúe desde ya; informando públicamente a la comunidad sobre las solicitudes de extracción de áridos en proceso, en cauces naturales y dejar atrás el manto de dudas que provocan sus informes técnicos favorables que sirven de fundamento a los municipios para otorgar los permisos”.

El representante de la JVRD sentenció que, “gracias a esta ley, fueron recogidas las inquietudes de los vecinos ribereños y habitantes de comunas rurales, por cuanto ahora solo se percatan de la extracción de áridos una vez que llega maquinarias pesada a extraer áridos en ríos; en el sector rural apartados provocando serios daños en caminos y puentes angostos, con las molestias de seguridad, polvo y ruidos a toda hora, lo más increíble todo debidamente autorizado, dejando atrás un silencioso perjuicio ambiental y a toda la comunidad: sin reparación”.

Planificación

Desde la Asociación Gremial de Riego y Drenaje de Chile (Agryd), reconocieron que “la nueva ley fortalece los mecanismos de control y fiscalización”, no obstante, señalan que “el principal desafío es avanzar hacia una planificación integrada de cuencas, en la cual: la extracción de áridos no solo sea autorizada, sino definida con criterios estratégicos y territoriales; se articule con planes de adaptación a la variabilidad y al cambio climático; se coordine con juntas de vigilancia y usuarios de riego; y se incorpore a las políticas de defensa fluvial y gestión del riesgo”.

En el gremio indican que en Chile la regulación histórica ha operado de manera sectorial, con escasa articulación entre agua, infraestructura, actividad extractiva y competencias municipales. En ese contexto, señalan que la nueva ley abre la posibilidad de mejorar esa coordinación.

“La extracción de áridos se realiza en bienes nacionales de uso público y tiene efectos sobre la dinámica hidráulica de los cauces, la estabilidad de las riberas, la seguridad de obras de captación, la protección de infraestructura de riego y la resiliencia frente a crecidas y eventos extremos. En un contexto de creciente variabilidad climática, donde las crecidas tienden a ser más intensas y concentradas, la gestión de sedimentos constituye un componente relevante de la seguridad hídrica”, declararon desde la Agryd.

“La preocupación de Agryd no se centra en el mercado de áridos, sino en la seguridad hidráulica”, indicaron. Por lo mismo, advirtieron que una extracción mal planificada puede comprometer bocatomas, acelerar procesos de socavación, aumentar la vulnerabilidad de infraestructura agrícola y afectar la estabilidad de canales matrices y defensas fluviales.

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