En la medida en que Chile se moderniza de cara al siglo XXI, la ciudadanía merece y exige mejoras sustantivas en la calidad de la justicia, para lo cual el modo en que esta se estructura e imparte resulta esencial.
Y es esta materia justamente la que hoy inaugura la etapa de plenario de la Convención Constitucional, donde se votarán las primeras propuestas de norma constitucional para un nuevo sistema de justicia, que fueron aprobadas en particular en la Comisión de Sistema de Justicia, Órganos Autónomos de Control y Reforma Constitucional. En total, son 16 artículos que recogen los principios de independencia, autonomía, inexcusabilidad, responsabilidad de los jueces y el monopolio de la jurisdicción como función de administración de justicia del Estado, articula también el órgano Consejo Nacional de la Magistratura para el Gobierno Judicial, establece el principio de probidad y transparencia y la paridad y perspectiva de género y elimina la figura de los abogados integrantes, entre otras propuestas que expertos en derecho consideran que van en una dirección correcta.
Sin embargo, también existen algunas iniciativas que causan dudas y otras que derechamente son consideradas un error. Entre las primeras se encuentra la creación de Sistemas de Justicia Indígena y pluralismo jurídico, que se regiría por el derecho consuetudinario de los respectivos pueblos, no obstante, es poco clara su coexistencia con la justicia del resto de la población chilena. Una supuesta desconexión y contradicciones han sido puestas en evidencia en días recientes y de seguro será uno de los temas controversiales de la deliberación.
En tanto, las propuestas que han cosechado temprano rechazo en la academia, jueces y colegios profesionales son principalmente dos: voluntariedad del arbitraje y renovación periódica de jueces. La primera, inspirada en la búsqueda de una supuesta mayor igualdad de las personas declara el arbitraje como meramente voluntario, lo que según expertos debilitará la jurisdicción arbitral y desconoce el aporte que esta institución ha hecho en la resolución de conflictos jurídicos. Por otra parte, que los jueces sean renovados cada cierto número de años, afectaría su estabilidad, y atenta contra su imparcialidad e independencia, mientras que crear una comisión nombrada por el Presidente de la República que renueva a los jueces de los tribunales superiores de justicia es, derechamente, un instrumento de tipo dictatorial.
Nuestro sistema de justicia, a pesar de algunos esfuerzos realizados en las últimas décadas, continúa siendo percibido como deficiente y cada vez con mayor fuerza se vuelve evidente la necesidad, urgente e impostergable, de ponerlo a la altura de un Estado democrático y moderno.
Obviamente, la necesidad de una mejor justicia en nuestra sociedad no quedará completamente respondida y subsanada por eventuales cambios constitucionales, pero es claro que una buena parte de las propuestas que comenzarán a votarse hoy pueden contribuir de forma importante a ese objetivo. Por eso, al igual que en el resto de las materias, necesitamos una deliberación democrática de calidad, basada en propuestas bien inspiradas, pero también bien pensadas. No puede olvidarse que debe convencerse a 2/3 de la Convención y, luego, a la mayoría de la ciudadanía en el plebiscito de salida.