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El pasado 2 de noviembre, en representación de la ciudadana coelemana Ana Salazar Bustos, el abogado Juan Pablo González presentó una reclamación ante el Tribunal Electoral (TER) de Ñuble en contra de la elección realizada en la comuna de Coelemu para el cargo de alcalde, celebrada el pasado 26 y 27 de octubre.
“Esto, porque, a nuestro criterio, dicha elección careció totalmente de las garantías de transparencia, certeza, legalidad e independencia del sufragio de todos los ciudadanos de la comuna, por cuanto su resultado ha sido ilegítimo”, manifestó González.
Según el abogado, “se afectó gravemente la confianza y legitimidad de la votación en Coelemu, por cuanto todos los vicios que esta parte reclama han resultado significativos en consideración a su potencial influencia en los resultados generales obtenidos en las elecciones de alcalde, toda vez que esto impactó en el universo electoral de más de 13.691 ciudadanos que manifestaron su voluntad en dichos comicios, voluntad que, en consideración a dichos vicios, resulta del todo alterada, más aún teniendo en consideración, en primer lugar, la estrechez relativa de los resultados de la elección de alcalde, disputada entre tres candidatos, con una pequeña diferencia porcentual entre todos ellos”.
En segundo lugar, dijo, “tenemos que destacar que entre los candidatos con las dos más altas mayorías, tan solo los distancia una cantidad de 779 votos. No obstante lo anterior, detectamos el siguiente vicio, que en una mesa, el candidato Miguel Garrido, quien obtuvo la segunda más alta mayoría, obtuvo 160 votos. Sin perjuicio de ello, los digitadores del Servel, tan solo le registraron 16 votos, es decir, desecharon la voluntad de 144 personas que votaron por este candidato”.
De acuerdo a lo expresado por González, “hemos determinado que las funciones de enlace del Servicio Electoral fueron radicadas en personas que mantenían un notable conflicto de interés con respecto al candidato Alejandro Pedreros, por cuanto una de éstas, a cargo de las funciones de digitar y de ser un personal de enlace del Servel en la comuna, era la pareja sentimental y madre de la hija del candidato Pedreros. En un segundo local, estaba a cargo de su cuñada, es decir, de la tía de su hija. Y en un tercer lugar, estaba a cargo de dos funcionarios municipales quienes tienen y mantienen a la fecha un vínculo de subordinación y dependencia con el municipio, respecto del cual el candidato electo Alejandro Pedreros es su alcalde en ejercicio”.
Votos asistidos
Otro vicio relevante que según González detectaron, “es la existencia de 988 votos asistidos, respecto de los cuales 893 no mantienen ningún registro bajo acta, en circunstancias que existe la obligación para los vocales de mesa de registrar cada uno de los votos asistidos en relación a quién es la persona asistida y quién es la persona que asiste”.
En este sentido, agregó, “creemos que el incumplimiento a la obligación legal de llevar el registro no nos permitirá realizar una trazabilidad para identificar a las personas, a las mesas y a los locales respecto de los cuales se produjo este vicio que, a criterio de nosotros, anula la elección y voluntad soberana de las personas de Coelemu”.
Otro hecho que según el abogado “vicia totalmente la elección para el cargo de alcalde de la comuna según nuestro criterio, es que de acuerdo a la información preliminar del Servicio Electoral, para el cargo de alcalde votaron 13.523 personas y para el cargo de concejal votaron 13.691 existiendo una grotesca diferencia de 168 votos respecto de los cuales no se sabe dónde están. Es decir, qué hicieron con estos 168 votos de alcalde que no figuran como registros en el Servel, por cuanto la pregunta natural que nos hacemos en este caso es ¿Dónde están esos 168 votos?”.
Para concluir, sostuvo, “estamos convencidos que los graves vicios de nulidad alegados por esta parte afectaron íntegramente la confianza y la legitimidad del proceso electoral llevado a cabo en los cinco locales de votación, los cuales tuvieron una influencia determinante en el proceso eleccionario de alcalde de la comuna de Coelemu, en la medida que estos contaminaron la expresión de la voluntad soberana de los ciudadanos, expresada a través de su voto, circunstancias que serán determinadas por el Tribunal Electoral Regional de Ñuble, en atención a los vicios ya señalados por esta parte”.
La Discusión intentó obtener la reacción del alcalde Alejandro Pedreros directamente y por medio de sus asesores, sin embargo, no hubo respuesta.