¿Precedente Judicial?

Señor Director:
En un tema polémico, el 4 de abril pasado, la Corte de Apelaciones de Santiago rechazó un recurso de protección interpuesto por una clínica en favor de un niño cuyos padres se negaban a autorizar la aplicación del esquema obligatorio de vacunas.
El tribunal dispuso que el establecimiento no se encuentra habilitado legalmente para interponer esta acción en favor del menor. Y para avalar su razonamiento, cita otra sentencia pronunciada en febrero de este año por la misma magistratura, en un caso similar.
Esta última sentencia fue revocada por la Corte Suprema el 26 de marzo pasado. En efecto, el máximo tribunal en dicha fecha estimó que lo resuelto por la corte de Santiago era incorrecto y acogió el recurso interpuesto por una entidad privada de salud en favor de un lactante ante la negativa de sus progenitores a inocularlo.
Es cierto que en Chile las resoluciones judiciales solo resultan obligatorias respecto del caso en que se pronuncian. Pero cuesta entender que se falle aplicando un criterio desechado por la Corte Suprema y se pretenda avalar esa opción en una sentencia revocada. Especialmente en una materia tan sensible.
José Ignacio Núñez Leiva
Profesor de Derecho Constitucional U. Autónoma de Chile