Desde que las contrataciones de personal de seguridad, por parte de los municipios, comenzaron a replicarse en plenitud en los consistorios del país, los resultados comenzaron a dejar más que conforme a los alcaldes y vecinos en general.
La estrategia, por lo tanto, fue la de ir implementando mayor equipamiento, vehículos y buscando las facultades legales posibles para otorgarles mayores atribuciones.
Y fue así que se llegó a los dos principales obstáculos: las limitaciones severas en cuanto a competencias, resguardo y uso de elementos disuasivos; y -en especial- a la imposibilidad de contratar a un mayor contingente, debido a que al no existir el cargo propiamente tal dentro de las plantas municipales, sólo era posible la figura del funcionario a contrata, vínculo ya casi ocupado al máximo por estas entidades.
Por esa razón, cuando el pasado viernes se promulgó la nueva Ley de Seguridad Municipal, los alcaldes de la región casi de inmediato les pidieron a sus equipos jurídicos que estudiaran esos puntos y los resultados, al menos en Ñuble, no dejaron muy conforme a todos.
Respecto a las contrataciones, según lo que se estableció en los artículos transitorios del proyecto (y cómo suele quedar redactado una vez promulgado), esa posibilidad de contratar bajo el Código del Trabajo se mantiene hasta que entre en vigencia el reglamento municipal que define las nuevas plantas de personal, y de acuerdo con reglas particulares.
En algunos textos previos del proyecto se mencionaba que esa situación no podría extenderse más allá de unos años tras la entrada en vigencia de la ley (en teoría para dar paso a una planta municipal más estructurada).
“Eso fue lo primero que le pedí al equipo que revisara y nos alegra que sea posible, porque la figura del funcionario a contrata ya está sobresaturado. Nos alegra porque de esa manera vamos a poder incorporar más personal, que es lo más importante para las funciones de seguridad de nuestra comuna”, apunta el alcalde de San Carlos, Rubén Méndez.
El alcalde asegura que “desde que se implementó esta modalidad, los resultados han sido muy buenos y ahora serán mejores porque además, se incorporan mayores facultades, mayor seguridad para nuestros funcionarios que han hecho un trabajo notable”.
En esta línea, en Chillán incluso advierten que con esta modificación se podrá profesionalizar la labor de los inspectores municipales y mejorar los procedimientos de seguridad. Según resaltó el alcalde de Chillán, Camilo Benavente, “esta ley responde a una solicitud de los municipios y fortalecerá el rol preventivo de las municipalidades”.
A través de la normativa, sostuvo “se creará la figura legal del “inspector” o “inspectora municipal” con funciones y atribuciones específicas.De igual manera establece Comités Operativos de Seguridad para mejorar la coordinación entre municipios, Carabineros, PDI y el Ministerio Público”.
Reglamento propio y recursos
Otro aspecto clave en esta ley lo da el marco general y las facultades principales, ya que no todos los detalles operativos vienen ya escritos ahí; muchos se van a definir en reglamentos posteriores. Los alcaldes interpretan esto como una oportunidad para que cada municipio pueda ajustar su propia realidad.
“Eso es fundamental, porque nos da la posibilidad de contar con nuestra propa matriz de seguridad y reglamento interno, dentro de ese marco y definir de manera local algunos procedimientos”, observa el alcalde Eduardo Redlich, de Quirihue.
Pero el contrapunto y “lo que deja gustito a poco”, conforme a Redlich es el financiamiento de la ley.
“Esperábamos que la ley hubiese venido acompañada de recursos para poder implementar estos departamentos de seguridad y los comités. Creo que en eso quedamos un poco al debe”.
De igual opinión asoma el jefe comunal de Chillán Viejo, Jorge del Pozo, quien añade que “si no tenemos el financiamiento y el reglamento es letra muerta”.
Del Pozo, complementa que “la normativa establece estándares en cuanto a la capacitación de los inspectores de seguridad municipal, quienes deberán contar con formación certificada y elementos defensivos adecuados. Esto garantiza no solo un ejercicio profesional más seguro, sino también una mayor protección ante eventuales agresiones, para lo cual se ha incorporado un agravante penal en caso de violencia hacia estos funcionarios en cumplimiento de su deber”.
Entre las funciones que podrán realizar destacan patrullajes preventivos, actuaciones en situaciones de flagrancia, incautación de comercio ilegal y labores de televigilancia, lo que permitirá una respuesta más efectiva y rápida ante las emergencias y problemáticas locales.




