Nuevos proyectos urbanos no podrán reducir número de áreas verdes

Dado el déficit de áreas verdes por habitante en todas las comunas de Ñuble, y considerando el efecto que la vegetación trae, tanto en la calidad de vida como en la regulación climática, el gobernador regional, Óscar Crisóstomo, envió un oficio a todos los municipios y servicios públicos de la región, donde se instruye que cada proyecto de renovación urbana debe alinearse con los principios de sustentabilidad, lo que implica la preservación y en caso necesario reposición de árboles, plantas y pastos que se hayan intervenido.
Para ello se establecen instrucciones generales que dicen relación con la preservación y restitución de las áreas verdes, los criterios de diseño y evaluación de proyectos; la supervisión y cumplimiento de las iniciativas y la articulación interministerial especializada en urbanismo y medio ambiente.
En ese sentido la autoridad regional expresó que “hay un compromiso desde el Gobierno Regional con el desarrollo sustentable y se debe garantizar un equilibrio entre el progreso urbanístico y la protección del medioambiente”. Y agregó que todos sabemos que “las áreas verdes no solo cumplen una función estética, sino que también son esenciales para la regulación climática, la mitigación de la contaminación, el bienestar comunitario y la biodiversidad. Por eso hemos establecido la necesidad de conservar, aumentar y promover la vegetación urbana como un eje fundamental de nuestro desarrollo como región”.
Cabe señalar que, todas las comunas de la región presentan un déficit en m2/hab., cuya recomendación de la Organización Mundial de la Salud (OMS) es de 10m2 /hab, y el promedio regional es de 2,7 m2 /hab. Por ello, se establece en el documento que la planificación y ejecución de proyectos de renovación urbana deben contribuir a mejorar la calidad de vida de la población, sin comprometer los recursos naturales.
Preservación y restitución
La disposición que entró en vigencia el 7 de marzo de este año, estableció cinco instrucciones generales.
La primera de ellas es que “todo proyecto de renovación urbana, tales como reparaciones de plazas, parques u otras obras de mejoramiento de espacios públicos, no podrá reducir la superficie y magnitud de áreas verdes existentes”.
En segundo lugar, señala que “en caso de ser necesario intervenir áreas verdes para la ejecución de obras, el proyecto deberá contemplar la restitución de la misma cantidad de metros cuadrados afectados o una superficie mayor”.
En tercer término, indica que “las iniciativas presentadas a evaluación deberán considerar soluciones técnicas que garanticen la reposición efectiva de áreas verdes, priorizando especies nativas y diseños que favorezcan la sustentabilidad y el uso comunitario”.
Por otra parte, instruye que “los municipios y equipos técnicos responsables de los proyectos deberán incluir en sus expedientes técnicos la certificación del mantenimiento o ampliación de áreas verdes, lo que será considerado como criterio obligatorio para la aprobación y financiamiento de las iniciativas”.
Finalmente, recomienda “a las municipalidades, servicios públicos y demás organismos involucrados, coordinar acciones con entidades especializadas en urbanismo y medioambiente, con el fin de optimizar el diseño e implementación de medidas compensatorias en proyectos de renovación urbana”.