La autoridad laboral de Ñuble recordó que los feriados por las fiestas de fin de año (25 de diciembre y 1 de enero) son obligatorios e irrenunciables para los trabajadores del comercio. El derecho, se debe respetar desde las 20:00 horas del día anterior y hasta las 06:00 del día siguiente.
Asimismo, a aquellas personas que se desempeñan en lugares que sí pueden operar (restaurantes, bencineras, farmacias de turno, entre otros) les corresponde descanso bianual. Los empleadores que no respeten la normativa se arriesgan a multas que pueden llegar a las 60 UTM por cada caso.
“Los feriados obligatorios e irrenunciables de fin de año son conocidos por todos, pero queremos insistir en que se respete en el comercio y que nadie quede sin la posibilidad de pasar estas fechas con su familia. La norma es bien clara, y salvo contadas excepciones, los locales comerciales deben permanecer cerrados durante esos días. La Dirección del Trabajo estará atenta a cualquier denuncia y presta a fiscalizar si es que no se respeta este derecho”, señaló el seremi (s) del Trabajo, Edmundo Novoa.
Además, Novoa pidió a los empleadores que se organicen “para adelantar los horarios de cierre, porque si bien la ley lo establece a las 20:00 horas, se requiere de un tiempo suficiente para dar por terminada la jornada desde el punto de vista administrativo y logístico. Ojalá los trabajadores puedan estar lo más temprano posible en sus casas, compartiendo con sus familias y que estas fiestas de fin de año sean en completa tranquilidad para todos los vecinos de la región”.
Por su parte, el director regional del Trabajo, Gonzalo Alonso, detalló que los pequeños comercios atendidos por sus propios dueños sí pueden abrir durante los días 25 de diciembre y 1 de enero.
La Dirección del Trabajo (DT) estará recibiendo denuncias a través de su sitio web, www.dt.gob.cl, y en el call center 600 450 4000. En los feriados de fin de año de 2020, no se registraron denuncias ingresadas en Ñuble.