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Este 16 de mayo entra en vigencia la Ley de Pago a 30 días y son más de 100 mil empresas las que se verán beneficiadas en la Región del Biobío y Ñuble, ante un problema que se pedía resolver hace más de una década.
Es por ello que hay grandes expectativas en el ecosistema emprendedor, ya que contar con flujo de caja para todo negocio es de vida o muerte.
“Me parece una muy buena iniciativa, ya que habría más dinero dando vuelta. Nosotros, por ejemplo, somos locales chicos y a medida que llega dinero, uno compra mercadería”, dijo Marina Gutiérrez de Edith Coll.
Drante la jornada, las autoridades regionales recorrieron la Galería Colonial, ubicada en Barros Arana 756, centro de Concepción.
Allí entregaron volantes informativos para que dar a conocer las fases y fechas claves de este nuevo marco jurídico.
“Venimos con la Seremi de Economía y Sercotec para difundir lo que será la Ley de Pago a 30 días. A partir del día 16 de mayo, todas las empresas van a tener un plazo para pagar a sus diferentes proveedores en 60 días”, explicó la seremi de Gobierno, Francesca Parodi.
En lo que respecta al sector público, añadió que los 30 días comenzarán a regir desde el próximo mes. “Esto va en directo beneficio de las pequeñas y medianas empresas que buscan, finalmente, lograr mayor holgura económica para desarrollar las diferentes tareas y tener un pago justo”.
Eso sí, la adecuación será con cautela. De ahí que haya una excepción para que las municipalidades y servicios de salud tengan un plazo de dos años (hasta el 2021) para ponerse al día.
“Efectivamente, los municipios y servicios de salud se demoran mucho en cancelar. No así otros como Obras Públicas y Vialidad que lo hacen bastante más rápido”, precisó el seremi de Economía, Mauricio Gutiérrez.
Y advirtió que la aplicación de esta norma no distingue tamaño, tipo de empresa o sector productivo. “Aplica a todas las emisores y receptores de facturas”.
Consideraciones
La ley se aplica a todas las empresas y entidades públicas que son emisoras y receptoras de facturas. No distingue por tamaño o tipo de empresa. Ni tampoco por sector económico.
Desde el 16 de mayo de 2019, las empresas tendrán como plazo máximo de pago de las facturas de 60 días, de los contrario, deberán pagar intereses.
Si una empresa se retrasa en el plazo máximo de pago, deberá pagar intereses corrientes por haber caído en mora y una comisión fija por recuperación de pagos, equivalente al 1% del saldo insoluto adeudado.
El incumplimiento sistemático de los plazos dispuestos en la ley, se considera como una práctica de competencia desleal.