Tras cumplir un año y 13 días en calidad de preso preventivo como imputado por delitos de cohecho en el marco del Caso led, el exadministrador municipal de Chillán, Ricardo Vallejos, abandonó el penal de San Carlos, en donde se encontraba recluido, luego que el Juzgado de Garantía de esa ciudad resolviera acoger la solicitud de su defensa, en orden de sustituir es medida cautelar, por la de arresto domiciliario total y arraigo nacional.
Considerando que el martes pasado ocurrió lo propio con el exasesor judicial de la Municipalidad de Chillán, Marcelo Campos, de los 25 imputados que tiene esta causa en Iquique, Santiago, Negrete y Chillán, el único que se mantiene privado de libertad es Marcelo Lefort, dueño de la empresa que se vio presuntamente favorecida de manera ilegal en estas licitaciones municipales, Itelecom.
Finalizada la audiencia de la mañana de ayer, en San Carlos, el abogado Juan Carlos Manríquez, quien tiene la representación de Vallejos, dijo a La Discusión que el tribunal desechó los argumentos presentados en contra de la resolución, presentados por el Ministerio Público, el Consejo de Defensa del Estado y del abogado querellante que representa a seis de los concejales que presentaron acciones legales contra los exfuncionarios.
“Ese efecto tuvo en consideración dos cuestiones básicas, la primera es que la imputación que se mantiene al señor Vallejos Palacios es la misma, y el mismo tipo penal sin modificaciones”, y que “no era estrictamente indispensable mantener esta prisión preventiva para garantizar el éxito de la investigación”, explicó el jurista.
Peligro para la sociedad
De todas formas, el Ministerio Público, a través de su jefe de asesoría técnica, abogado Francisco Soto, adelantó que apelará a la resolución tomada por el juez de primera instancia, reiterando que a juicio de la Fiscalía, la libertad de Vallejos es un peligro para la sociedad.
“Entendemos que el imputado, Ricardo Vallejos Palacios, es un peligro para la sociedad, atendiendo a la gravedad del delito que se le imputa, esto es un cohecho agravado que tiene pena de crimen, y además, al hecho de que existe una causa pendiente (en su contra) por delitos de corrupción”, sostuvo.
El abogado Soto hizo, de esta manera, referencia a la causa que tiene nuevamente a Vallejos como imputado, respecto al llamado Caso Aljibe, en el que se le investiga por presunto favorecimiento a una empresa familiar para el reparto de agua potable en sectores rurales de la comuna de Chillán, mediante contratos municipales visados cuando ostentaba el cargo de alcalde subrogante.
Sin embargo, este punto no quedó fuera del debate sostenido ayer en el juzgado sancarlino, pero el tribunal no lo acogió toda vez que se trata de una causa aún en investigación y por la que no se pidió la prisión preventiva en su contra en la etapa de formalización.
Con el mismo argumento
Si se revisa cada una de las 16 impugnaciones y recursos presentados con anterioridad por las defensas de Vallejos y Campos en los juzgados de Garantía, de Chillán y en la Corte de Apelaciones, es posible notar que los argumentos vertidos por las defensas son prácticamente idénticos a los presentados en estas dos últimas oportunidades, pero que esta vez sí fueron acogidas por los jueces.
Consultado respecto a qué pudo haber variado para que se resolviera de manera opuesta ante el mismo argumento, el abogado Giovanni Gotelli (por Marcelo Campos) dice “no tengo esa respuesta. Eso tendría que contestárselo el tribunal y los ministros de la Corte, porque en efecto, nosotros siempre sostuvimos lo mismo, y es que el Ministerio Público no contaba con justificación jurídica alguna para mantenerlos privados de libertad”.
De todas formas, postula que si existe una diferencia en la posición de la defensa es que, considerando que la carpeta investigativa estuvo en calidad de secreta hasta noviembre del 2020, “los jueces tal vez entienden ahora, que sí conocemos los detalles de la investigación y es con base en eso que formulamos nuestra tesis”.
Finalmente, para Gotelli hay una ventaja subjetiva pero concreta respecto a presentarse a juicio defendiendo a un acusado que se encuentra en medio libre, que a otro que esté privado de libertad.
“En primer lugar lo que diga la Corte tiene un valor (a Campos le revocó la prisión preventiva la Corte de Apelaciones) y el juicio oral es la esencia de esta procedimiento y no es lo mismo llegar a él en libertad que con un chaleco amarillo y esposado, porque para jueces, fiscales y asesores la percepción ya es diferente, lo que obviamente no influirá en lo absoluto con el fondo del tema, el que por cierto, a nuestro entender, no tiene sustento en lo que pretende interpretar el Ministerio Público”.