Inocencia y prisión preventiva
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Inocencia y prisión preventiva
Señora Director:
Visto desde la perspectiva penal, no cabe duda de que este 2024 ha sido un año noticioso. Los titulares de los distintos
medios de comunicación han estado permanentemente ocupados por noticias relacionadas con delitos de alta conno-
tación pública, como los casos Barriga, Jadue, Sauer, Valdivia, entre otros. Si bien se trata de casos disímiles entre sí, una
característica común a todos ha sido el uso indiscriminado de la prisión preventiva.
A este respecto, no puede olvidarse que en un Estado de Derecho la prisión preventiva aspira a ser una medida cautelar
de última ratio, a la que se debe recurrir sólo en cuanto las demás medidas contempladas en la ley no resulten efectivas
para cumplir con los objetivos del proceso penal. Lamentablemente, parece que el legislador nacional no lo entiende así,
bastando con ver las últimas reformas en la materia, cuyo contenido va en sentido contrario al que debería apuntar.
En la última década más de 39.000 personas han cumplido la medida cautelar de prisión preventiva, y posteriormente
han sido declaradas inocentes. Podría parecer un simple guarismo, pero la cifra es impactante, pues se trata de personas
a las que no se les ha podido atribuir participación en un delito, y aun así han visto marcadas sus vidas por la privación de
libertad, y los innumerables efectos negativos que de ella se desprenden.
Ad portas de terminar el año cabe preguntarse, ¿Cuántas personas inocentes no podrán celebrar las fiestas en compañía
de sus seres queridos, debido al uso (y abuso) injustificado de la prisión preventiva?
Sebastián Alvarado Montes
Ayudante del Departamento de Derecho Penal UdeC