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Descentralización: dos frentes

Entre las normas aprobadas la última semana por la Comisión de Sistema Político, Reforma Constitucional y Forma de Estado del Consejo Constitucional destaca aquella que prioriza las funciones públicas, “según el nivel en que se ejerzan con mayor eficiencia y eficacia, privilegiando el nivel local sobre el regional, y éste último sobre el nacional”, siguiendo así las recomendaciones de la Comisión Experta.

El diagnóstico no es nuevo, con mayor o menor brillantez lo han señalado valiosas voces intelectuales y políticas a lo largo de décadas. Los gobiernos también lo dicen y mucho más los gobernantes, sobre todo cuando son candidatos, pero seguimos siendo un país concentrado y, lo que es peor, con una hasta ahora irreversible tendencia a seguir concentrando todo.

En las actualidad, las noticias sobre el proceso de descentralización en las diferentes esferas de poder no alcanzan a configurar un panorama suficientemente claro para hablar de avances, inmovilismo o retrocesos.

El proyecto “Regiones más fuertes”, que es la gran promesa del Ejecutivo, recién está iniciando su tramitación legislativa en la Comisión de Hacienda de la Cámara de Diputadas y Diputados, donde el Ejecutivo presentó recientemente 20 indicaciones, como reacción a la contingencia por el Caso Convenios. De hecho, las modificaciones están relacionadas con el ciclo presupuestario de los gobiernos regionales, la limitación a la regulación del endeudamiento y facultades financieras (incluyendo la regla fiscal regional), y reforzamiento de los mecanismos de control, entre otras materias.

Por la misma causa, asociada a la corrupción en las transferencias a privados, se “desinfló” la influencia que estaban adquiriendo, en materia de reformas pro descentralización, los gobernadores regionales y la asociación que los agrupa.

En el otro frente, el Constitucional, hay novedades, aunque aún es prematuro establecer si el texto que votará el pleno significará un avance. Entre las normas aprobadas por la Comisión de Sistema Político, Reforma Constitucional y Forma de Estado destaca aquella que prioriza las funciones públicas según el nivel en que se ejerzan con mayor eficiencia y eficacia, privilegiando el nivel local sobre el regional, y éste último sobre el nacional, siguiendo las recomendaciones de la Comisión Experta.

Lo mismo ocurre con la aprobación de la enmienda que señala que “el Estado promueve la conectividad”, lo que se suma al “desarrollo armónico, equitativo y solidario entre las regiones y comunas de Chile”, tal como habían propuesto los comisionados.

El artículo mandata a “adoptar medidas para disminuir los desequilibrios económicos y sociales existentes” entre las divisiones administrativas del país para resguardar “que todas las personas y comunidades tengan acceso a igual nivel y calidad de servicios públicos, sin distingo del lugar en que habiten”.

Tal consagración es valiosa, pero no difiere mucho de lo que mandata la Constitución que nos rige, compartiendo con ella la idea de un Estado unitario descentralizado, la misma que durante 40 años hizo de la regionalización y de su inspiración de sana descentralización una retórica casi vacía, que ha cosechado sus propios defectos y ha sido incapaz de detener la inexorable fuerza centrípeta que nos sigue atrapando.

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