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Corte Suprema da a conocer fallo por Celestino Córdova

Agencia Uno

En medio de una máxima tensión, durante esta jornada se conocerá el fallo de la Corte Suprema por el recurso de amparo presentado por la defensa del machi Celestino Córdova, condenado por la muerte del matrimonio Luchsinger Mackay.

El comunero lleva más de 100 días en huelga de hambre, al igual que otros 27 mapuches y de acuerdo a voceros, su estado de salud es crítico.

Según dio a conocer radio Bío Bío, Córdova se encuentra internado en el Hospital Intercultural de Nueva Imperial, donde a las afueras se realizó ayer una rogativa por parte de más de 100 integrantes de comunidades mapuches.

Esto en apoyo al machi y su demanda de cumplir el resto de su condena en su rehue, o por el tiempo que dure la pandemia por coronavirus.

Aún no hay un horario definido para dar a conocer el resultado del fallo, sin embargo no se descarta que ocurra en horas de la mañana.

Durante esta semana el machi envió un audio señalando que radicalizará la medida y pasará en cualquier momento a huelga seca.

En el mensaje enfatizó que con esta medida su desenlace será inminente, pero no será lento.

Según radio Bío Bío, uno de los voceros de Celestino Córdova manifestó que “responsabilizamos al Gobierno de la muerte potencial a la cual se enfrenta él y los 26 huelguistas mapuche”.

El martes, el ministro del Interior, Víctor Pérez, afirmó que “nuestra principal preocupación en este caso es salvar la vida”.

“Nuestra principal preocupación en este caso es salvar la vida y conversar con quien sea posible, para que dentro de todo lo que se establece en los reglamentos penitenciarios, poder buscar el camino para que esa huelga de hambre sea depuesta, porque no creemos que nos lleve a ningún tipo de solución”, explicó Pérez.

Además, Pérez fue consultado acerca de las declaraciones del abogado del Ministerio del Interior, quien sostuvo que para el recurso de amparo presentado en la Corte Suprema, en favor del machi, no era aplicable el Convenio 169 de la OIT.

Sin embargo, el pase fue cedido al subsecretario Juan Francisco Galli, quien señaló que “el alegato del Ministerio del Interior es muy claro. El recurso de amparo no es la vía para revisar una condena que ya fue zanjada por el Poder Judicial”.

“Lo que corresponde es que aquellas personas condenadas, cumplan con su condena, y que se apliquen todas aquellas normativas respecto a los beneficios o derechos intrapenitenciarios, que tiene cualquier persona que está privada de libertad en nuestro país”, añadió.

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