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Corte anula multa municipal aplicada a empresa de mantención de áreas verdes

Municipalidad de Chillán

La Corte de Apelaciones de Chillán acogió un reclamo de ilegalidad interpuesto por la empresa Parques Johnson Limitada y dejó sin efecto la resolución, dictada por el director de Medio Ambiente, Aseo y Ornato de la municipalidad local, que le aplicó una multa de 266 UTM por supuestas deficiencias en el cumplimiento de contrato de concesión de los servicios de mantención de áreas verdes de la comuna.

En fallo unánime, la Primera Sala del tribunal de alzada estableció que la Municipalidad de Chillán no se ciñó a la normativa que regla los procesos administrativos sancionatorios ni a las bases del contrato de servicios, “siendo el presupuesto medular para ello, que el concesionario proveyera un servicio deficiente, lo que como se dijo, no se cumplió, y por ende conduce a concluir que la multa aplicada a la reclamante no se ajusta a la normativa legal ni a las bases del contrato”, sostiene el fallo.

Desde el municipio respondieron que “la Municipalidad de Chillán, cómo parte de la Administración de Estado, tiene el imperativo de cumplir estrictamente los contratos administrativos que celebre, en el que se inscribe la posibilidad de aplicar multas cuando corresponda, así también tiene la facultad de ponderar la pertinencia de recurrir respecto al fallo emitido por la I. Corte de Chillán”.

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