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Convención vota en particular los 14 artículos sobre Sistemas de Justicia

Convención

Para las 15:00 horas de este jueves está programada la sesión en que el pleno de la Convención Constitucional discutirá y votará en particular los 14 artículos provenientes del informe de la comisión de Sistemas de Justicia.

Luego de las cinco horas de debate del pasado 15 de febrero, el pleno votó en general cada una de las iniciativas, resultando aprobados 14 de los 16 artículos propuestos.

Estos plantean, entre otros, los principios de pluralismo jurídico, la independencia jurisdiccional, el acceso gratuito a la justicia, mecanismos colaborativos de resolución de conflictos y el derecho de acceso a la justicia.

En tanto, las dos normas rechazadas en general -porque no lograron el número de votos afirmativos exigido (103)- fueron el Artículo 4 que proponía establecer la inamovilidad de los jueces, pero fijaba como edad tope los 70 años; y el Artículo 8 sobre ejecución de resoluciones, lo que permitiría que dicha ejecución sea solicitada no solo a la fuerza pública, sino “a toda otra autoridad o persona” y, además, en materia de normas internacionales de derechos humanos, permitiría revisar las sentencias dictadas por los tribunales nacionales.

Ambas fueron devueltas a la comisión para que los convencionales constituyentes discutan y presenten una propuesta alternativa.

Artículos que se votarán en particular este jueves

  • Artículo 1: Función jurisdiccional.
  • Artículo 2: Pluralismo jurídico.
  • Artículo 3: Indepencia jurisdiccional, imparcialidad y exclusividad.
  • Artículo 5: Derecho de acceso a la justicia.
  • Artículo 6: Tutela jurisdiccional efectiva.
  • Artículo 7: Inexcusabilidad e indelegabilidad.
  • Artículo 9: Fundamentación y lenguaje claro.
  • Artículo 10: Acceso gratuito a la función jurisdiccional.
  • Artículo 11: Principio de responsabilidad jurisdiccional.
  • Artículo 12: Publicidad, probidad y transparencia.
  • Artículo 13: Principios de justicia abierta.
  • Artículo 14: Paridad y perspectiva de género.
  • Artículo 15: Plurinacionalidad, pluralismo jurídico e interculturalidad.
  • Artículo 16: Mecanismo colaborativos de resolución de conflictos.

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