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Contraloría impartió instrucciones para autoridades regionales que dejarán sus cargos

Con el objetivo de mejorar la transparencia, la buena administración y continuidad del servicio público, la Contraloría General de la República emitió un dictamen en el que imparte instrucciones para la entrega y el traspaso que deberán realizar, al término de su gestión, gobernadores y consejeros regionales. Esto, además de la presentación oportuna de las declaraciones de intereses y patrimonio al concluir sus funciones.

De esta manera, se establece que las autoridades salientes deberán presentar un Acta de Traspaso de Gestión que incluya información del período comprendido entre el 14 de julio de 2021 y el 5 de enero de 2025, para poner en conocimiento de las nuevas autoridades el estado en que se traspasa el respectivo Gobierno Regional.

El acta deberá ser entregada en la sesión de instalación del Consejo Regional, tanto al gobernador(a) regional que asume, como a los nuevos consejeros(as) que se integren al ente colegiado. Igualmente debe hacerse si alguna de las autoridades fue reelegida para un nuevo período.

El documento emitido por la Contraloría también señala que el acta deberá contener información de la cuenta pública realizada por la autoridad saliente en mayo último, además del balance de ejecución presupuestaria y el estado de la situación financiera.

El instructivo también recuerda la obligación de los gobernadores(as) regionales y consejeros(as) de presentar declaraciones de intereses y patrimonio, dentro de los 30 días posteriores a concluir sus funciones. Las autoridades deberán efectuar el trámite de manera oportuna, a través del sitio www.declaracionjurada.cl.

“Entregaremos toda la información”

El gobernador regional de Ñuble, Óscar Crisóstomo, manifestó que “como toda autoridad pública, tengo el deber de cumplir las normas de la Contraloría General de la República. Respecto del instructivo mencionado, entregaremos toda la información correspondiente a la gestión realizada en este período comprendido entre el 14 de julio de 2021 y el 5 de enero de 2025”.

Prescindencia de funcionarios públicos

En tanto, Contraloría también entregó hace unos meses otro instructivo sobre la prescindencia que deben seguir los funcionarios públicos de cara a las elecciones de alcaldes, concejales, gobernadores y consejeros regionales que se desarrollarán en octubre.

El documento consta de 28 páginas, y tiene como objetivo entregar directrices a los funcionarios públicos de todas las reparticiones, especialmente quienes integran gobiernos regionales y municipales.

El texto comienza afirmando que “los cargos públicos que sirven funcionarios, autoridades y jefaturas, deben desempeñarse con la más estricta imparcialidad, otorgando a todas las personas de manera regular y continua las prestaciones que la ley impone al respectivo servicio, sin discriminaciones”.

De la misma manera, se sostiene que “en el desempeño de la función pública, los empleados estatales, cualquiera sea su jerarquía y el estatuto jurídico que los rija, están impedidos de realizar actividades de carácter político contingente y, en tal virtud, no pueden hacer proselitismo o propaganda política, promover o intervenir en campañas o participar en reuniones o proclamaciones para tales fines, ejercer coacción sobre los empleados u otras personas con el mismo objeto y, en general, valerse de la autoridad o cargo para favorecer o perjudicar, por cualquier medio, candidaturas, tendencias, partidos políticos o pactos electorales”.

Igualmente, además de señalar las actividades prohibidas para funcionarios públicos, el texto emitido por Contraloría también explica las sanciones a quienes no cumplan con las normas de prescindencia, que incluso contemplan la destitución de su cargo.

Por otro lado, el texto especifica que el instructivo solo aplica dentro de la jornada y horario laboral de los funcionarios públicos, por lo que poseen autorización para participar de actividades políticas durante su tiempo libre.

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