La Contraloría General de la República identificó deficiencias en el proceso de otorgamiento de pensiones de gracia a personas afectadas en manifestaciones desde octubre de 2019, en el llamado estallido social.
El estudio concluyó que 19 expedientes de beneficiarios de las compensaciones, remitidos por el Instituto Nacional de Derechos Humanos (INDH), no presentaban antecedentes médicos adecuados
“O bien, los respaldos correspondían a certificados médicos poco legibles, sin diagnóstico, con antecedentes contradictorios respecto del daño o con una fecha anterior a octubre de 2019″, lo que podría resultar en una errónea determinación del daño. Por ende, la Subsecretaría del Interior debe verificar la existencia de antecedentes complementarios en 60 días hábiles.
Asimismo, 58 de los 419 beneficiados “tienen antecedentes penales por condenas, con resultado de multa, prisión y reclusión o presidio, incluidos delitos violentos”, según la Contraloría.
Algunos tienen “más de 10 condenas por diversos tipos penales, entre los cuales se advierten delitos de estafa, tráfico y microtráfico de estupefacientes, producción de material pornográfico infantil, abuso sexual, robo con violencia, homicidio, lesiones en contexto de violencia intrafamiliar, entre otros”.
El órgano contralor consignó que de haber contado “oportunamente con la información advertida, pudo ser útil para evaluar tanto la aprobación del beneficio, como las condiciones para su otorgamiento”.
Por todo aquello es que, en un plazo de 30 días hábiles, la Subsecretaría del Interior, deberá remitir al organismo “el procedimiento actualizado y debidamente formalizado que incorpore de manera obligatoria la revisión de antecedentes penales de los postulantes a una pensión de gracia”.
El escrito además señala que es el Instituto Nacional de Derechos Humanos (INDH) el encargado de acreditar la calidad de víctima de derechos humanos en el proceso de otorgamiento de las pensiones de gracia por el estallido.
Y afirma que no se ha constatado la existencia de otras instancias de validación para “confirmar o acreditar con diversas instancias la información remitida por el INDH, siendo esta la única fuente de antecedentes para evaluar los casos, lo cual puede influir en una errónea determinación del daño, con el consiguiente riesgo de que se otorgue una pensión por un monto y/o plazo que no corresponda”.