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Consejeros y comisionados confrontan posiciones en materia de seguridad social

La comisión de Derechos Económicos, Sociales, Culturales y Ambientales del Consejo Constitucional abordó esta semana el debate sobre las normas y enmiendas referidas a la seguridad social, contenidas en el artículo 16 del Anteproyecto de nueva Constitución.

El texto regula que en materia de seguridad social “el Estado garantiza el acceso a prestaciones básicas y uniformes, establecidas por la ley, sea que se otorguen a través de instituciones públicas o privadas, resguardando a las personas de las contingencias de vejez, discapacidad, muerte, enfermedad, embarazo, maternidad, paternidad, desempleo, accidentes y enfermedades laborales, sin perjuicio del establecimiento de otras contingencias o circunstancias fijadas en la ley. La ley podrá establecer cotizaciones obligatorias”.

Asimismo, “que los recursos con que se financie la seguridad social solo podrán destinarse al financiamiento y administración de sus prestaciones”.

Al respecto, se ingresaron enmiendas orientadas a respetar el derecho de los cotizantes a elegir libremente la institución que administre sus ahorros previsionales, garantizando su propiedad, así como su heredabilidad.

Para la consejera Pilar Cuevas (RN), las enmiendas presentadas en conjunto por RN, la UDI y Evópoli, “recogen lo sucedido en el proceso Constitucional, las iniciativas populares de normas y muchas encuestas que indican que los trabajadores quieren hoy que los fondos acumulados sean de su propiedad y sean heredables”.

Durante el debate, la consejera por Ñuble del Partido Republicano, Cecilia Medina, sostuvo que en su colectividad están convencidos de que hoy día “una de las grandes preocupaciones que aflige a los chilenos es sin duda el destino de sus ahorros previsionales y el futuro de sus pensiones. Diferentes encuestas, y aquí nosotros nos estamos haciendo cargo del sentir ciudadano, han evidenciado que una mayoría incuestionable de la población está a favor de que se reconozca expresamente en la Constitución Política el derecho de propiedad de los trabajadores sobre sus ahorros previsionales, su heredabilidad y la libertad de elegir quién los administra. Nuestra enmienda busca recoger la iniciativa popular de norma conocida popularmente bajo el nombre de ‘Con mi plata no’, que cuenta con una altísima adhesión ciudadana, y que en este proceso Constitucional se convirtió en la primera propuesta en superar las 10 mil firmas”, aseveró.

Según Medina, “con esto buscamos que la Constitución y las leyes garanticen que los ahorros previsionales son de los trabajadores, que son heredables y que nadie se los pueda quitar”.

¿Constitucionalizar las AFP?

Desde la otra vereda, la comisionada Alejandra Krauss manifestó que el texto se refiere a la seguridad social, pero que ante toda la argumentación de las enmiendas de Chile Vamos, “parece ser que nos importara solo el sistema de pensiones”.

Alertó que la redacción propuesta en las enmiendas afecta otros seguros propios de la seguridad social, como el seguro de cesantía y la ley de accidentes del trabajo. Así, planteó que en dichos términos, se acabaría el sistema que regula el seguro de cesantía, porque éste es administrado por un organismo que se licita.

“Vale decir, ningún trabajador cotizante elige quién le administra sus cotizaciones”, dijo.

Puntualizó que esto no es porque se quiera constreñir la libertad de las personas, sino porque el sistema ha ido entregando elementos que le han permitido al legislador hacer más eficientes las políticas públicas.

En tanto, para el consejero Aldo Valle (Ind-PS), “es obvio que en los últimos años ha faltado colectivamente la capacidad de llegar a acuerdos”.

Recordó que en los últimos tres gobiernos se han presentado proyectos que consideran un componente de solidaridad, y que debiera considerarse que esos proyectos, a la luz de las enmiendas, serían inconstitucionales.

“Llevamos 40 años o más con este sistema, y lo cierto es que los resultados para un porcentaje muy importante de la población, no han sido buenos”, manifestó.

Por ello, llamó a buscar cómo la Constitución establece un sistema que dé lugar a un carácter mixto, que garantice ciertamente que los fondos solo podrán destinarse al financiamiento y administración de las prestaciones previsionales, y de seguridad social, cuya estructura estará determinada por la ley. Hay razones atendibles de uno y otro lado”, concluyó.

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