Confirman condena de cárcel por conducir con licencia suspendida en Coihueco
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La Corte de Apelaciones de Chillán rechazó el recurso de nulidad deducido en contra de la sentencia que condenó a Francisco Manuel Venegas Poblete a la pena de 541 días de presidio efectivo, en calidad de autor del delito consumado de conducción en estado de ebriedad con sanción vigente. Ilícito cometido en febrero pasado, en la comuna de Coihueco.
En fallo dividido, la Segunda Sala del tribunal de alzada descartó infracción de ley en la sentencia recurrida, dictada por el Juzgado de Garantía de Chillán.
“Que, según consta en el extracto de filiación del condenado, registra dos condenas previas por delitos de manejo en estado de ebriedad, las que datan de los años 2020 y 2022”, sostiene el fallo.
La resolución agrega que: “(…) los antecedentes aportados por la defensa para acreditar la concurrencia del requisito de la letra c) del artículo 8 de la Ley 18.216, no dan cuenta del ingreso a algún procedimiento de rehabilitación u otra conducta posterior, que permita presumir que el otorgamiento de la pena sustitutiva lo disuadirá de cometer nuevos ilícitos”.
El tribunal de primera instancia dio por acreditado, más allá de toda duda razonable, que aproximadamente a las 00:05 horas del 6 de febrero de 2024, Venegas Poblete conducía por la Ruta N 51, sector Chillingue de la comuna de Coihueco, en estado de ebriedad y con la licencia de conductor suspendida, por condena dictada el 11 de noviembre de 2022 por el Juzgado de Garantía de Chillán, que ordenó la suspensión del documento por el término de 5 años.
Practicada la alcoholemia de rigor a Venegas Poblete, arrojó 1,90 gramos de alcohol por litro de sangre.