La Corte de Apelaciones de Chillán rechazó hoy el recurso de nulidad interpuesto por la defensa y confirmó la sentencia que condenó a su representada Claudia Molinos Orellana, junto a Daniela Briceño Gallegos, a 800 días de presidio, con el beneficio de la remisión condicional de la pena y la inhabilitación absoluta temporal para ejercer cargos u empleos públicos por el término de 3 años y un día, en calidad de autora del delito reiterado y consumado de fraude al fisco.
El Ilícito fue perpetrado entre octubre de 2014 y enero de 2016, en la comuna de San Ignacio.
[bg_collapse view=”button-orange” color=”#4a4949″ expand_text=”Leer más” collapse_text=”Menos” inline_css=”width: 100%” ]En fallo unánime, la Primera Sala del tribunal de alzada confirmó la resolución impugnada, dictada en procedimiento abreviado por el Juzgado de Garantía de Bulnes, el 21 de marzo pasado.
“Atendido el mérito de los antecedentes, lo expuesto en la audiencia por los intervinientes, la naturaleza del ilícito, y la sanciones dispuestas por la ley, y considerando especialmente que la ley 18.216 desde su epígrafe, estable que las penas que indica son sustitutivas a las penas privativas o restrictivas de libertad”, sostiene el fallo.
“Por estas consideraciones y lo expuesto en el artículo 358 y 360 del Código Procesal Penal se confirma en lo apelado la sentencia de fecha veintiuno de marzo último, dictada por el Juzgado de Garantía de Bulnes, que dispuso la inhabilitación absoluta temporal para ejercer cargos por el término de tres años y un día respecto de la imputada Claudia Marcela Molinos Orellana”, añade.
El tribunal de primera instancia dio por acreditado, más allá de toda duda razonable, que la fonoaudióloga Daniela Briceño Gallegos prestó servicios en el Departamento de Educación de la Municipalidad de San Ignacio. A partir del 2 de enero de 2012, la imputada Briceño fue destinada a cumplir funciones como Coordinadora Comunal del Proyecto de Integración Educativa de la comuna. Cargo que desempeñó hasta su despido en el año 2017”.
En dicho contexto, Briceño Gallegos en el ejercicio de sus funciones desde octubre de 2014 y hasta fines de enero de 2016, se concertó con su amiga, la coimputada Claudia Molinos Orellana, y “(…) mediante la simulación de contratos de prestación servicios de esta última con la Municipalidad de San Ignacio, en labores de Psicóloga PIE para la asesoría Técnico Pedagógica y administrativa en la Coordinación Comunal del Proyecto de Integración Educativa. Servicios que fueron falsamente acreditados por la propia imputada Briceño, pero que nunca se efectuaron por parte de la imputada Molinos, consiguieron fraudulentamente el pago de los servicios, no prestados, mediante giro de cheque y depósitos en la cuenta vista de la imputada Molinos por parte de la Municipalidad”.
“Luego de ellos, ambas concurrían hasta una sucursal del Banco Estado en la comuna de Chillán, en donde la imputada Molinos giraba por caja parte del dinero y se lo entregaba a la coimputada Briceño, beneficiándose la Imputada Molinos con la devolución de imputo de renta. Del mismo modo, la imputada Molinos entregó a Briceño sus claves de la página del Servicio de Impuestos Internos, procediendo ésta a emitir falsamente las respectivas boletas de Honorarios por estos servicios no prestados”, añade.
El monto total defraudado por las condenadas ascendió a $8.000.000.
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