La Corte de Apelaciones de Chillán rechazó el recurso de nulidad interpuesto por la defensa en contra de la sentencia que condenó a L.R.C.A. a la pena única de 10 años y un día de presidio efectivo, en calidad de autor de los delitos reiterados de abuso sexual de menores de 14 años de edad. Ilícitos perpetrados en enero de 2019 y otras fechas indeterminadas, en las comunas de Yungay y San Pedro de la Paz.
En fallo unánime, la Primera Sala del tribunal de alzada –integrada por los ministros Érica Pezoa, Claudio Arias y la fiscal judicial Antonella Farfarello– ratificó la sentencia impugnada, dictada por el Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Chillán.
“(…) habiéndose determinado que se trata de delitos de la misma especie, para aplicar la pena en estos casos la ley establece dos posibilidades: si las diversas infracciones pueden ser estimadas como un solo delito, se aplica la regla del inciso primero del citado artículo; y si no pueden considerarse como un único delito, se aplica la regla del inciso segundo. Pues bien, para decidir sobre el particular, el tribunal consideró que se trata de delitos que afectan a distintas personas y que el bien jurídico afectado es uno personalísimo, razón por la cual, en virtud de su naturaleza, no pueden estimarse como una sola infracción, y en consecuencia, correctamente, aplicó la regla contenida en el inciso segundo, que ordena aplicar la pena señalada a aquella que, considerada aisladamente, con las circunstancias del caso, tuviere asignada una pena mayor, aumentándola en uno o dos grados, según fuere el número de los delitos”, consigna el fallo.