El Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Chillán condenó a M.E.M.G a la pena efectiva de 7 años de presidio, en calidad de autor del delito reiterado y consumado de violación de menor de 14 años de edad.
El ilícito fue perpetrado en las comunas de Chillán, Longaví y Parral, entre 2013 y 2014.
En fallo unánime, el tribunal –integrado por los magistrados Olga Fuentes (presidenta), y Jorge Muñoz (redactor)– aplicó, además, a M.E.M.G las accesorias legales de inhabilitación absoluta perpetua para cargos y oficios públicos y derechos políticos y la inhabilitación absoluta para profesiones titulares mientras dure la condena.
En la causa, el tribunal impuso también al condenado la pena de interdicción del derecho de ejercer la guarda y ser oído como pariente en los casos que la ley designa y la sujeción a la vigilancia de la autoridad durante los 10 años siguientes al cumplimiento de la pena principal impuesta.
Asimismo, se condenó a M.E.M.G a la pena de inhabilitación absoluta perpetua para cargos, empleos, oficios o profesiones ejercidos en ámbitos educacionales o que involucren una relación directa y habitual con personas menores de edad.
Una vez que el fallo quede ejecutoriado, el tribunal dispuso que se proceda a la toma de muestras biológicas del sentenciado para determinar su huella genética e inclusión en el registro nacional de ADN de condenados.
El tribunal dio por acreditado, más allá de toda duda razonable, que en fechas indeterminadas entre los años 2013 y 2014, M.E.M.G procedió a acceder carnalmente a la víctima, nacida en 2001, actos que reiteró en domicilios de las comunas, de Chillán, Longaví y Parral.