A partir del inicio del año escolar 2026 comenzará a regir en todo el país la ley que prohíbe el uso de celulares y otros dispositivos móviles personales en establecimientos de educación parvularia, básica y media.
La normativa, impulsada por el diputado local Cristóbal Martínez y respaldada en el Senado por el senador Gustavo Sanhueza, busca reducir distracciones, prevenir la dependencia digital y favorecer la convivencia escolar.
Es en este contexto que el Ministerio de Educación, encabezado por el ministro Nicolás Cataldo, lanzó esta semana la plataforma “Modo Aula”, destinada a orientar a las comunidades educativas sobre la implementación.
Aunque la prohibición comenzará en marzo, los sostenedores tendrán plazo hasta el 30 de junio de 2026 para actualizar sus Reglamentos Internos. Durante ese período, la aplicación será progresiva.
¿A quienes aplica?
Una de las principales dudas de los apoderados es a quiénes afecta la medida. La respuesta es clara: a todos los integrantes de la comunidad educativa. Esto incluye a estudiantes, docentes, directivos, asistentes de la educación y también a madres, padres y apoderados mientras permanezcan en actividades escolares.
En educación parvularia -desde sala cuna hasta kínder- la prohibición es absoluta y sin excepciones. En enseñanza básica y media también rige la regla general de no uso, aunque se contemplan excepciones específicas y debidamente fundadas.
¿Qué dispositivos están prohibidos?
No solo teléfonos celulares y smartphones, sino también tablets de uso personal, relojes inteligentes con conexión a internet y cualquier aparato portátil que permita comunicación permanente. No se incluyen computadores ni tablets institucionales entregados por los colegios para fines pedagógicos.
Otra inquietud frecuente es qué ocurre en casos de salud o necesidades especiales.
La ley permite el uso cuando un estudiante requiera monitoreo médico, presente una necesidad educativa especial que justifique el vínculo permanente con su familia, o en situaciones de emergencia. También se autoriza el uso pedagógico planificado en básica y media. En todos los casos, la excepción debe ser temporal, estar debidamente fundamentada y contar con autorización de la dirección del establecimiento.
Prohibición no se limita a la sala de clases
Ésta rige durante todo el horario escolar, incluidos recreos y actividades extraprogramáticas. Los Reglamentos Internos deberán establecer mecanismos claros para su cumplimiento, promoviendo alternativas como el juego, la interacción social y el encuentro presencial.
Respecto de eventuales sanciones, la ley establece que deben ser educativas y proporcionales, evitando castigos desmedidos. Cada establecimiento definirá en su reglamento cómo proceder ante incumplimientos, privilegiando el diálogo formativo.
También a docentes
Un punto que ha generado interés es la aplicación a docentes. El Ministerio fue enfático en señalar que la norma también los alcanza, como una señal de coherencia frente a los efectos nocivos del uso excesivo de dispositivos en niños y adolescentes.
“Si pedimos a estudiantes dejar el celular, los adultos deben dar ejemplo en la sala”, sostuvo el ministro de Educación, Nicolás Cataldo.
Para las familias, la ley fija además un deber explícito: supervisar y acompañar el uso de dispositivos fuera del horario escolar, asumiendo la responsabilidad por eventuales consecuencias derivadas de su utilización indebida.
En su tramitación, la iniciativa fue refundida con otros cinco proyectos y aprobada por amplia mayoría en la Cámara de Diputados en agosto de 2024. Posteriormente avanzó en el Senado tras gestiones en la comisión de Educación. El debate se centró en si correspondía prohibir o regular, optándose por un modelo diferenciado según nivel escolar y con excepciones acotadas.
Más allá de la discusión legislativa, el foco ahora está en la implementación. Desde el Mineduc recalcan que el objetivo no es demonizar la tecnología, sino ordenar su uso en beneficio del aprendizaje, la salud mental y la convivencia.




