A cumplir su pena en libertad vigilada por el plazo que dura la condena fueron sentenciadas las dos ex funcionarias del Servicio Nacional de Menores (Sename) condenadas por apremios ilegítimos y la muerte de la pequeña Lissette Villa en el Cread Galvarino.
Se trata de Conne Fritz y Thiare Oyarce, quienes recibieron penas de cinco y cuatro años de presidio, respectivamente.
[bg_collapse view=”button-orange” color=”#4a4949″ expand_text=”Leer más” collapse_text=”Menos” inline_css=”width: 100%” ]Ambas fueron condenadas por en calidad de autoras del delito consumado apremio ilegítimo con resultado de muerte, en el ilícito perpetrado en abril de 2016.
En fallo unánime, el tribunal aplicó, además, a Fritz y Oyarce las accesorias legales de inhabilitación absoluta perpetua para derechos políticos y la inhabilitación absoluta para cargos y oficios públicos durante el tiempo de las condenas.
Mientras tanto, Jessica Figueroa (coordinadora de turno en este entonces) y Mónica Monje, ex directora del Cread Galvarino, a quienes se les acusaba de no haber evitado la muerte de la menor, fueron absueltas.
El fallo de primera instancia relató que Lissette Villa ingresó al Cread Galvarino, ubicado en Estación Central, a los 10 años de edad quedando bajo la custodia del Estado en 2014. Dos años después, el 11 de abril de 2016, “en una de las habitaciones de la casa, Conne Fritz y Thiare Oyarce, educadoras de trato directo, inmovilizaron violentamente a L.V.P”, informó radio Cooperativa.
“Específicamente, Thiare Oyarce se encargó de sujetar fuertemente las extremidades inferiores de la niña, para inmovilizarla, mientras Conne Fritz, que a la fecha de los hechos pesaba 90 kilogramos, se subió sobre la niña, presionando de esta manera su tórax y espalda contra el piso, al tiempo que con sus manos le sujetaba sus extremidades superiores para mantenerla inmovilizada”.
La pequeña, según determinó el tribunal, intentó zafarse “de la opresión que sentía en su pecho y que dificultaba su respiración, razón por la cual llevaba su rostro a uno y otro lado en el suelo, intentando respirar, resultando con múltiples lesiones en la cabeza y el rostro”.
“Las acusadas continuaron en su actuar durante varios minutos, sin soltarla”, agrega el fallo que añade que “producto de la acción de ambas acusadas, la que se mantuvo hasta que la niña dejó de moverse, LV.P. falleció por asfixia mecánica combinada con elementos de sofocación”.
[/bg_collapse]