¿Piensa usted que en Chile las personas nacen libres e iguales en dignidad y derechos? ¿Es la familia el núcleo fundamental de la sociedad? Dichas frases son el preámbulo con las que se construye las bases de la institucionalidad en la actual Constitución de la República de Chile. Antes de aventurar una respuesta, tratemos de aunar los conceptos que involucran dichas afirmaciones.
En democracia, la libertad es definida como un derecho de valor superior que asegura la libre determinación de las personas (RAE). Empero, existe consenso científico en cuanto a que el ser humano alcanza su libertad plena a los 18 años en promedio. En lo biológico, logrando la fortaleza física y capacidad reproductora sin riesgos; y, en lo psicológico, adquiriendo las estructuras que permiten el adecuado interactuar social. Hasta los 5 años, la dependencia de los niños es absoluta y de sus cuidados dependerá en gran medida su desarrollo futuro. Por consiguiente, es un hecho natural que las personas no nazcan libres, al menos hasta que no cumplan los 18 años.
La igualdad en dignidad considera para todas las personas reconocer que por su condición humana emanan derechos fundamentales, junto al libre desarrollo de la personalidad, los cuales son inviolables e inalienables. La igualdad en el ámbito del derecho considera que todas las personas derivados de su propia naturaleza tienen el acceso a un conjunto de derechos, en cuanto el hombre es un ser intrínsicamente social, que le permite el libre desarrollo de su personalidad. Empero, la igualdad en dignidad y derechos es inaplicable para cientos de miles de hogares en el país. Nuestros niños y jóvenes de muchos de dichos hogares terminan en el Sename. La institución atiende a casi 200 mil personas, algunas de las cuales en condiciones indignas y en ausencia de derecho. En efecto, dicha realidad fue constatada por un informe de la PDI en el año 2017 donde se revela que en el Sename se violan sistemáticamente los derechos de los niños que están bajo su tutela.
Continuando con el análisis de las Bases de la Institucionalidad, en el ámbito de las definiciones, por familia se entiende un grupo de personas formado por una pareja (normalmente unida por lazos legales o religiosos), que convive y tiene un proyecto de vida en común e hijos, cuando los tienen. Sin embargo, de acuerdo con cifras reveladas por la Casen 2017, el concepto de familia no aplica para el 48% de niños y adolescentes que habitan en hogares sin la presencia de ambos padres; además, el 19,1% de los menores viven en hogares monoparentales. En la misma encuesta se revela que el 43% de los hogares del país no tiene pareja en el hogar.
La evidencia no deja espacio para dobles interpretaciones. Las actuales Bases de la Institucionalidad representan una manifestación de buenas intenciones… solo eso. Siendo su correlato muy precario o inexistente para al menos el 50% de la población, los futuros constituyentes deben cuidar de no caer nuevamente en el mismo error. El pragmatismo y la experiencia comparada a nivel internacional, apunta a establecer a la “persona social” como el núcleo fundamental de la sociedad. Dicho núcleo está dotado de derechos y deberes inalienables. Entre los derechos, la libertad e igualdad en dignidad y derechos; entre los deberes, la preservación del ecosistema con una perspectiva intergeneracional.