Un complejo panorama en lo judicial es el que algunos expertos avizoran una vez que terminada la pandemia se regularicen los pagos de colegiaturas, universidades y otras entidades prestadoras de servicio de educación, luego que dada la emergencia sanitaria, todas ellas sin excepción dejaran de prestar los servicios, al menos, de manera regular.
Ante una evidente falta de jurisprudencia y mientras que para algunos expertos en materia civil y de derecho comercial, los pagos deberían suspenderse, para otros “todo se tendrá que resolver sin lugar a dudas en tribunales, y lo que se viene son muchas audiencias relacionadas a este problema”, explica el abogado Francisco Ugarte.
Asegura que hay artículos que, dado el caso, podrían sostener la postura de quien no pague, entendiendo que “habría incumplimiento en la forma en que se habría pactado la relación del servicio”.
A su entender, por lo tanto, no basta con que los establecimientos dejen material online en lnternet para justificar el cumplimiento del contrato, ya que “un apoderado paga por la infraestructura, el gimnasio, las actividades extracurriculares y, por la formación y no por la mera instrucción del alumno”.
Y aunque Ugarte estima que esta experiencia servirá para replantearse jurídicamente el concepto de “fuerza mayor” en el futuro, sostiene que para todos es muy complejo seguir en ascuas respecto a si se suspenderá o no el año escolar.
“Creo que el Gobierno debe pronunciarse pronto. Hay experiencias que permiten entender que es posible validar el año con un solo semestre, o tal vez diseñar una PSU con contenidos vistos hasta tercero medio, pero se debe saber pronto si el año sigue o no. Mi consejo es que se suspendan los pagos hasta que haya claridad”, planteó el experto.
Cumplir el contrato
La Superintendencia de Educación, en tanto, ha enviado diversos instructivos en los que apunta a la necesidad de que ambas partes, apoderado y prestador de servicios, lleguen a acuerdos para cumplir los contratos.
En ese sentido, el superintendente de Educación, Cristián O’Ryan, señaló que “lo que hemos monitoreado es que los colegios están prestando el servicio educativo de diferente manera por el contexto sanitario, vemos a profesores trabajando, planificando clases, enviando contenidos, incluso con reuniones de apoderados a través de medios remotos”.
Asimismo, el oficio destaca que como existe un contrato anual, los estudiantes tienen el derecho a permanecer en los establecimientos hasta el término del año escolar, aunque no hayan terminado de pagar las mensualidades. Como contrapartida, los sostenedores tendrían derecho a exigir el pago de las prestaciones acordadas, aun cuando durante el año se produzcan circunstancias excepcionales como la suspensión de clases”.
“El que pueda, que pague”
Renato Segura, director del Centro de Estudios de la Realidad Regional, se adhiere a quienes pronostican numerosas audiencias en los juzgados civiles. Por lo tanto, define tres líneas de acción para aminorar el conflicto.
“En primer lugar, creo que el Ministerio de Educación, si bien no tiene injerencia en materia de contratos, no se puede seguir desentendiendo y debe resolver pronto lo que va a pasar con el año escolar, sobre todo porque prácticamente ya hay un semestre perdido”, dice.
En esta línea, aclara que las entidades de servicios complementarios se pueden acoger a las otras ayudas ofrecidas por el Gobierno, como apoyo para las Pymes y las leyes de protección para los trabajadores.
En segundo término, propone que “apoderados y entidades deben sentarse a conversar, explicar los caso a caso, acordar formas de recibir los servicios y de cumplir con los contratos, porque acá lo primero es velar porque los estudiantes reciban educación, así que hay que hacerlo lo antes posible”.
En tercer lugar, y abordando el problema desde lo ético, “creo que el que puede pagar debe seguir pagando. Luego se resolverá el cómo y el cuándo se entreguen los servicios, porque acá hay sueldos que pagar, empresas que luchan por salvarse de la quiebra y empleos que cuidar”.
Finalmente, recordó que en caso de judicializarse los casos, quien no pague, deberá demostrar que no estuvo en condiciones de hacerlo, de lo contrario se cae en la morosidad y deberá responder judicialmente por eso.